16 September 2009

DOS HOMBRES Y UN DESTINO: EL DERECHO

Tras la publicación del trabajo de Miquel Falguera (A UN AÑO DE LEHMAN BROTHERS), mi sobrino Antonio Baylos escribió lo que se verá en DERECHO Y SOCIALISMO EN EL PENSAMIENTO JURÍDICO . Tras lo cual, el primero respondió lo que viene a continuación:




Querido Antonio, permíteme unas reflexiones sobre las tuyas posteriores a las mías. Uno podría tener la impresión leyendo el texto que, de alguna manera, se sitúa el papel del juez -y, por tanto, de la jurisprudencia- como un elemento central en el avance hacia otra forma -socialista- de ejercicio del derecho. Ya sé que no dices eso, pero me preocupa que alguien pueda entender tus palabras así.Y eso sitúa mi apostilla aquí en el propio modelo de ejercicio del poder judicial en este país. Se trata, como bien sabes, de una lógica piramidal, fuertemente estructurada -formal y sustancialmente... está mal visto quien se sale del encuadre de la foto... el maldito juez estrella- y altamente jerarquizada. Es difícil hallar consensos en los TSJ -la instancia es otra cosa porque se goza de mayor libertad- para desviarte de la doctrina casacional. Quiero recordar que en el anterior y conservador presidente del CGPJ libró una encarnizada batalla para hacer de forzoso cumplimiento la jurisprudencia -como actualmente ocurre con la doctrina del TC-, lo que afortunadamente no prosperó. Con todo, quizás existe una cierta mitificación de la jurisprudencia. "Lo ha dicho el TS"... y se ha acabado la discusión -aunque no se comparta mayoritariamente esa doctrina-. Encogimiento de hombros y corta y pega de lo que ha dicho el TS. Así se fosiliza la doctrina (y añado: yo, el primero)(sigue)
16 de septiembre de 2009 17:29
tiopuñetas dijo...
Cuando uno va un poquito más allá e intenta no forzar la norma, sino interpretarla de otra manera distinta, te llueve la cantinela del "uso alternativo del Derecho" -que es otra cosa- y la sacrosanta "voluntad del legislador" (como si los jueces fuéramos intérpretes de dicha voluntad y no de la Ley) Te podría citar muchos ejemplos al respecto -y algunos nombres de interlocutores con esas tesis te podrían sorprender-. Pero ése es el actual panorama.Ocurre, sin embargo, que yo vengo diciendo con reiteración que posiblemente sea el TS quien hace un uso alternativo del Derecho. Por ejemplo -tengo muchas posibilidades que citar-, cuando el precio de la hora extra era (RDL 1/1986) del 175 % sobre la hora normal, si el convenio regulaba un precio menor, la jurisprudencia lo validaba, porque consideraba que no era norma mínima -pese a que el contenido del art. 35 ET pocas dudas ofrece al respecto- (entre otras muchas, SSTS UD 30.12.1992, 30.11.1994, 27.02 y 17.05.1995, etc.). Sin embargo, cuando la reforma del 94 situó el precio de la hora en el 100 por cien -con idéntico redactado al anterior, salvo el porcentaje-, entonces la doctrina judicial afirmó que sí valía. La razón dada era que el RDL 1/1986comportó un "encarecimiento del precio de las horas extraordinarias", afirmándose posteriormente respecto a los precedentes legislativos anteriores al Estatuto que “ante la imposición de la realidad, la doctrina de esta Sala hubo de optar por una interpretación flexible del mandato estatutario, cuando se hacía evidente que el precio pactado de la hora en exceso, no tenía tan gravoso recargo" (STS UD 28.11.2004) Y, luego, la posterior STS UD 12.01.2005 lo deja aún más claro, por si había dudas: se hacía referencia "a la inadecuación del ya histórico elevado recargo legal"En plata: antes no se aplicaba el criterio legal porque era muy caro para el empresario, y ahora no. ¡Toma uso alternativo del Derecho y toma voluntad del legislador!(y sigue)
16 de septiembre de 2009 17:30
tiopuñetas dijo...
Pero hay más cosas que me preocupan, como por ejemplo, que en los últimos cinco años se haya cambiado la composición de más del sesenta por ciento de la Sala Cuarta. Y, sin embargo, las grandes cuestiones que nos hieren (despidos sin causa, despidos en IT, cuantificación de indemnizaciones por vulneración de derechos fundamentales, contratos de obra para contratas, responsabilidad de los grupos de empresa, protección para los trabajadores objeto de descentralización productiva, limitaciones de disponiblidad del convenio por las comisiones paritarias, teoría de los pactos extraestutarios, la técnica aplicativa del derecho a la igualdad en los convenios y en las decisiones unilaterales del empresario, etc) siguen igual, si no peor (la interpretación del TS del art. 56.2 y los salarios de tramitación tras el Decretazo quizás merezca algún comentario crítico)Pero hay más -y aquí viene la segunda matización a tus reflexiones-: el jurista socialista que hace de juez (y digo públicamente que yo lo soy, en tanto que los que invocan el neoliberalismo no se esconden) no tiene en los actuales momentos horizontes alternativos -que es lo que intentaba denunciar en la parte final de mi escrito-. ¿Qué "programa socialista" puedo aplicar yo como jurista, si ese programa es inexistente y no hay alternativas reales de alternatividad?Por tanto, permíteme que derive responsabilidades hacia otros -aceptando las mías-: cuando la izquierda tenga claro cuál es su modelo alternativo y cuando el sindicato supere sus corsés ideológicos y prácticos actuales, dotándose también de alternatividad "in toto", se nos podrá exigir a los jueces rojos esa progresiva adaptación al nuevo panorama. Mientras tanto, uno se siente como una especie de fracotirador, sin saber dónde ha de situarse y sin una estrategia global en la que ampararse. Y me vas a permitir un último exabrupto: algunos nos sentimos sin apoyo de la llamada doctrina científica. Y, obviamente no va por tí (ya has cumpido bastante con tus obras, especialmente "DT, modelo para armar" y el último libro sobre despido) Pero uno empieza a estar harto de tanto análisis descriptivo de leyes y jurisprudencia que puebla la literatura jurídica académica ("Zutano dice tal, mengano lo otro y la Ley aquello de allá"... ¿pero tú qué dices?). Y ése es un vicio en el que caen compañeros iuslaboralistas que se proclaman claramente de izquierdas.Quizás ha llegado el momento de dejar de mirarnos el ombligo, olvidarnos de las Leyes y la jurisprudencia y empezar a pensar cómo queremos que sea el marco regulador de las tutelas del Derecho del Trabajo en un futuro modelo democrático de relaciones laborales, adaptado al cambio productivo, tecnológico y del sujeto asalariado. Y cuando tengamos ese programa, empezar a trabajar en él desde las distintas perspectivas.Ya se sabe, "programa, programa y programa".
Simon Muntaner dijo...
Querido Falguera, en tantas cosas estoy de acuerdo contigo. Ante todo en la función de la jurisprudencia y del rol que los jueces deben asumir en la transformación del sistema jurídico. Pero también en la incapacidad de los "academicos" para repensar las relaciones de trabajo en términos de reformismo gradual o de crítica global o específica a las tendencias en acto en el panorama legal y normativo de un país determinado. El problema es el de cómo arbitrar "un modo de estar" en el derecho y en el sistema jurídico que permita expresar una construcción alternativa y emancipatoria que se resuelva en una ampliación de los derechos laborales por todas partes negados.Y hay otro estamento que no hemos zarandeado aún, el de los abogados laboralistas, que deberían a su vez sacudirse su posición objetivamente subalterna en relación con los grandes estudios jurídicos que dirigen las líneas de política del derecho en materia laboral actualmente, y preparar sus defensas no sólo sobre la caracterización de la restructuración capitalista, sino también en razón de utilidades técnico-jurídicas que respondan a intereses alternativos y emancipatorios de los trabajadores.Pero es un tema que merecería una reflexión mucho más extensa y profunda en relación con la capacidad del derecho en movilizar el cambio social Pero seguiremos acordando sobre este y otros temas, mon vieux compagnon.


14 September 2009

A UN AÑO DE LEHMAN BROTHERS

(O LA ESTUPEFACCIÓN DEL JURISTA ANTE LA CRISIS)

Miquel Àngel FALGUERA BARÓ


Mi pasión por el Derecho no me ha hecho olvidar mi formación e ideología marxistas. Aunque a veces lo omita en la abstracción del análisis, nunca dejo de recordar que en el fondo el Derecho no es más que una superestructura de los grupos dominantes en el marco de la lucha de clases y que, por tanto, se acaba sometiendo a los intereses de doña Economía. Algo que algunos “modernos” consideraban viejos axiomas caducos y que la actual crisis –en el caldo de cultivo previo del neoliberalismo sin límites- se está encargando de verificar con toda su crudeza.


Ocurre, sin embargo, que el jurista, en su introspección, tiende a diseñar su propia teoría del Derecho (personal e intransferible) y a ordenar el mundo conforme a dicha teoría. Por eso el jurista de verdad –no el titulado en Derecho que se dedica a otras cosas, como la política en sentido amplio- vive en un mundo ficticio. Un mundo perfecto. Pero un mundo irreal que nada –o muy poco- tiene que ver con la realidad que le envuelve. Llámenle si quieren “paranoia del jurista”. O, si se prefiere, el conflicto personal de la ética en clave kantiana, la diferencia entre el ser y el deber ser.


El maestro Norberto Bobbio hace tiempo me dio (o, mejor dicho, me di a mi mismo a través de su lectura) una receta milagrosa para superar mis crisis kantianas: “Para quien quiera eliminar los conflictos sociales (y no solamente resolverlos de una manera menos desastrosa que la de la guerra), el ideal de paz jurídica o del orden no es suficiente: tendrá que actuar sobre los motivos de los conflictos sociales sustituyendo por un orden justo el presente orden injusto. La antítesis no será ya la de paz-guerra, en la que se detienen los partidarios del Derecho como orden, sino la de, pongamos por caso, igualdad-desigualdad, de la que parten los partidarios del Derecho como justicia”. Bueno: esas sabias palabras (contenidas en su libro Contribución a la teoría del Derecho) me ayudan en momentos de ataques agudos, pero difícilmente me restablecen la salud mental. Sin ánimo de comparación entre su autor y un servidor –mi egolatría no llega a tanto-, es evidente que el docto torinés era un pensador del Derecho y yo, un simple juez. El podía elevarse por encima de leyes, reglamentos y jurisprudencia y observar más allá; yo aplico, como poder del Estado, leyes, reglamentos y jurisprudencia. Él hacía la teoría abstracta del mañana (de su mañana), yo la práctica del conflicto real del hoy.


Si, además, uno es marxista (lo que ya no es predicable en sentido estricto de Bobbio), es ya inevitable convertirse en una especie de esquizofrénico: mi mundo igualitariamente perfecto (mi deber ser) es sabedor que, en el fondo –en el ser-, mi sustento y mi saber pasan por la aplicación de lógicas e instrumentos de represión sobre los débiles y de salvaguardas de los poderosos, por la violencia de la clase dominante sobre la dominada. Pero, con todo, la enseñanza bobbiana me es útil, en tanto que me lleva a una noción instrumental o finalista del Derecho (como herramienta para conseguir la Justicia con mayúsculas o el orden justo) y me aparta de un concepto abstracto y acausal en el ejercicio de mi disciplina. Sin embargo, no evita que mi “yo” marxista y mi “yo” jurista estén permanentemente a la greña.


Sin duda que el Derecho del Trabajo es un buen refugio para los enfermos mentales como un servidor. O, si se prefiere, una buena excusa para mi mala consciencia roja. Aunque el iuslaboralismo no se escapa del paradigma marxista sobre el Derecho, es probablemente la única disciplina jurídica en la que se plasma con toda su crudeza la lucha de clases, de tal manera que la realidad de la regulación del mercado de trabajo es fruto de las relaciones de fuerzas de ese colosal combate. Matiza mi alter ego marxista: de unas relaciones de fuerza asimétricas en las que el Estado –también desde su vertiente represiva- no es neutro. No se me escapa que es un juego tramposo, en el que el árbitro no es imparcial y en el que las reglas de juego obedecen a los intereses de una de las partes (el empleador), quien, además tiene competencias para ir cambiando a su antojo dichas reglas. Sin embargo, no siempre pierde la otra parte: algunas veces el jugador débil avanza posiciones. Siempre y cuando tenga contundencia y claridad en su jugada y sepa cuál es su siguiente movimiento. Así, pues, cuando más fuertes son los trabajadores, más garantías conquistan. Y viceversa.


Esa partida con reglas cambiantes lleva practicándose más o menos civilizadamente, hace un siglo. Sin duda que el enfrentamiento entre capital y trabajo es muy anterior. Ocurre, sin embargo, que en esa primera etapa el conflicto se dirimía a mamporros, sin normas, sin juridificación (más allá de la directa aplicación represiva del código penal sobre el jugador débil cuando golpeaba más duro) Y las reglas de esa partida secular y formalmente pacífica constituyen mi disciplina.


Es más, hace tiempo que vengo sustentando que el Derecho del Trabajo es la disciplina más democrática. Democrática en el sentido integral, en tanto que se trata de la única vertiente del Derecho en la que la libertad contractual se ve limitada para una de las partes, en función de la concurrencia de elementos igualitarios. A lo que cabe añadir que aún corre por nuestras venas la “vieja” –por olvidada- utopía robespierriana de la fraternidad, como lo demuestra nuestra otra gran institución, la Seguridad Social. Por eso estoy también convencido que el iuslaboralismo es “el derecho de la izquierda”.


Todo ello me ayuda a sobreponerme a las crisis que causan mis enfermedades mentales de origen profesional derivadas de mi ideología: “en definitiva –dice mi yo marxista- soy una especie de infiltrado que práctica el entrismo”. Con mis limitados saberes y mi práctica profesional, aún aplicando normas impuestas por una clase (por un jugador que no deseo que gane), intento –en términos generales, no por supuesto “ad causam” pues, en definitiva, soy juez- que la partida se decante por el más débil. Y, además, matiza mi yo jurista, estoy coadyuvando, aunque sea con una mínima aportación, al progreso de un concepto de democracia integral, en los viejos términos de Platón y Aristóteles, depurados y desarrollados por el humanismo renacentista, la Ilustración, las revoluciones burguesas y la lucha del movimiento obrero. Una democracia integral como fin último que, en sus tiempos, se llamaba socialismo.


Esas excusas, sin embargo, no amagan que cada vez deba consumir más dosis de bicarbonato: mis distintas personalidades se enfrentan todos los días a una realidad que cada vez les es más hostil. Y ello desde hace ya un montón de años (más o menos, los últimos veinticinco, desde el avance de lo que se conoce como neo-liberalismo) La abstracción de los valores del derecho en clave democrática choca cada día más con una realidad –impuesta por la clase dominante- que niega aspectos sustantivos como la igualdad y la fraternidad. Y todo ello significa que cada vez más el Derecho se vaya convirtiendo en una especie de amanuense de doña Economía. Es cierto –así empezaba mis reflexiones- que mi disciplina está sometida a esta última por definición marxista. Sin embargo, uno es hijo de su tiempo. Y verán, yo viví mi etapa formativa inicial (como jurista y como marxista) en un momento en el que el jugador más débil era menos débil. En la que la correlación de fuerzas era otra. En la que el “peligro rojo” había obligado al tahúr ventajista a firmar unas determinadas reglas de juego menos ominosas y más igualitarias. O, desde la visión como jurista, un tiempo en que la noción de democracia integral y de Estado social y democrático de Derecho basado en la ciudadanía social era un lugar común de la ciudadanía, conformándose como un modelo tendencial.


Pero hace ya muchas –muchísimas- lunas que con el llamado neoliberalismo esos buenos tiempos han pasado. Mientras el capital va ganando competencias al trabajo y se incrementa la distribución negativa de rentas, la democracia se equipara y se constriñe a la libertad, obviándose que es mucho más que eso. Atónito he asistido a conversaciones con jóvenes altermundistas que niegan la democracia como sistema, equiparándola con los actuales modelos liberales y cayendo ingenuamente en la trapa del discurso hegemónico, al que se oponen. En mi mundo perfecto de jurista, la democracia es un desiderátum, consistente en una sociedad conformada por una ciudadanía libre, pero también igual y solidaria (o fraternal o que tiene reconocido el derecho a la felicidad de los padres constituyentes norteamericanos) de tal manera que cada persona puede desarrollar todos sus potenciales humanos. Y, por supuesto, que ese desiderátum coincide, también, con el de mi “alter ego” marxista. Al fin y al cabo, la diferencia histórica sustancial entre la derecha liberal (no estoy hablando ahora, por supuesto, de la derecha neo-cons, absolutista, meapilas y palurda, aunque en la mayor parte de países ambas hayan coincidido en una única organización, cada vez más peligrosamente dominada por esta última) y las diversas izquierdas es que aquélla equipara democracia con libertad individual, mientras que éstas hablan de democracia integral y colectiva (aunque es cierto que, más allá de concretas estrategias, un sector ha negando la libertad en etapas más o menos largas de transición al socialismo y el otro, ha situado el fin de democracia absoluta en el baúl de los recuerdos, enfrascado en la simple gestión del día a día…).


Uno –con la doble esquizofrenia a cuestas- sigue soñando con su mundo perfecto. Y no como simple utopía ideológica –que también-, sino por la necesidad de dar orden y sentido a mi condición de jurista. Sin embargo, el pensamiento y la práctica neoliberal quiere limitar mi disciplina al estricto marco de la gestión de la mano de obra en la empresa, de tal manera que nos acabemos convirtiendo en una especie de mamporreros de la productividad y la competitividad. Y ése es un futuro que aborrezco.


Pero ocurre –como señala en forma repetitiva el maestro ROMAGNOLI, constatando una evidencia aunque predicando en el desierto- que el derecho es algo más que ese modelo “sin memoria” que se nos pretende imponer. Quizás no está de más recodar que la economía, como supuesta “ciencia”, cuenta con apenas dos siglos de vida, mientras que el derecho se remonta, al menos tal y como hoy lo conocemos en su acepción contractual, a la antigua Roma. En efecto, el derecho (sin que toque ahora abordar el interminable debate sobre si es una ciencia) no es nada más que la aplicación del simple sentido común la conflicto individual y colectivo a efectos de composición. Es decir, la proposición que se asemeja más prudente y ponderada para la mayoría de ciudadanos, en función de las reglas de la inteligencia humana y de la experiencia que se deriva del acerbo histórico como especie. Uno puede creer que hoy la “ley del Talión” es una barbaridad –y sin duda lo es en los países occidentales-, pero ocurre que en su momento, fue una lógica distributiva evidente: si te sacan un ojo, tú sólo puedes castigar al causante con idéntico daño, no tienes porqué matarlo. Y contra lo que se acostumbra a creer la reminiscencia de la medida no está sólo en el Levítico, ya consta en el anterior Código de Hammurabi. Y luego, la sabia Roma empezó a patrimonializar el daño, evitando que los ciudadanos se fueran vaciando las órbitas los ojos los unos a los otros (y también lo hizo mucho siglos antes de que el gran Mahatma afirmara aquello de “ojo por ojo y el mundo acabará ciego”).


Yo, como juez de lo social, no soy un simple “corre ve y dile” de la economía. En mi pluma –virtual- y en mis razonamientos discurre la lógica del derecho romano, los valores del humanismo, la Ilustración y de los movimientos emancipatorios de la “povertà laboriosa” (y no hablo en primera persona, sino como iuslaboralista anónimo, como ocurre con cualquier otro jurista). Cuando me enfrento a un conflicto, para solucionarlo, no me invento nada, lo hago a partir de los previos razonamientos de miríadas de juristas que han demostrado que determinadas reglas y formas de pensar son indudablemente efectivas para la paz social. Nosotros los juristas no hablamos de dineros. Nosotros hablamos de derechos y de civilidad.


Sin embargo, mi disciplina jurídica y sus valores democráticos integrales se ven públicamente negados en múltiples foros y por pensadores bien pagados: se nos dice que somos antiguos, que con nuestras absurdas tutelas estamos disgregando al colectivo asalariado, que somos una rémora para la competitividad, que no hacemos más que regular intervencionismos, que nuestro modelo de Seguridad Social se ha privatizar porque es insostenible y adocena a los beneficiarios incapacitándoles para los retos de la sociedad del riesgo… Llevamos mucho años oyendo esas cantinelas, que a fuerza de ser constante y masivamente repetidas –ya se sabe, la teoría de Goebbels- acaban convirtiéndose en verdades rebeladas, que se metabolizan incluso por una buena parte de las personas asalariadas. Y no sólo eso: cada día me veo presionado por la Ley –y también en determinados casos, por la interpretación de la misma por el Tribunal Supremo- para que aplique conceptos que no entiendo –porque son ajenos al derecho- y otros que no comparto por simple lógica democrática integral. Así, entre los muchos ejemplos que podría poner aquí, debo decidir si una determinada modificación de las condiciones de trabajo o un despido objetivo por causas no directamente económicas es eficaz para “mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos, que favorezca su posición de competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda” (arts. 44 y 52 ET), lo que ciertamente me aboca a pensar en una lógica que no es la del derecho. O debo tragar sapos y culebras no declarando, como me pide mi alter ego jurista, nulo un despido que no tiene causa justificativa o el de un trabajador de baja por enfermedad porque ésa es la jurisprudencia.


Y es aquí donde mi alma de jurista se colapsa. Mientras mi alma marxista la regaña (“¿lo ves?, si te lo vengo diciendo toda la vida”), aquella otra no entiende porqué elementos como la productividad o la competitividad deben prevalecer sobre los valores iuslaboralistas. Repito lo antes dicho: los juristas no hablamos de dineros, sino de derechos.


Creo que no es anecdótico que uno de los múltiples dogmas neoliberales pase por la afirmación (respecto a la política o a la Administración pública) de que “hay demasiados juristas” –lo que no pasa de ser una conclusión accesoria de otros dogmas principales, como la necesidad de desregular las relaciones contractuales o la exigencia de menores intervencionismos del Estado-. Y ese dogma ha comportado que buena parte de las reformas de las leyes laborales de este país –como en tantos otros- se hayan basado no tanto en las inquietudes de los iuslaboralistas, sino en deducciones y análisis economicistas (generalmente, erróneos). En 1984 a alguien se le ocurrió –pongo la mano en el fuego que tras asistir a no sé que foro de economistas- que la temporalidad creaba empleo: las consecuencias de ese monstruoso experimento con gaseosa aún las estamos pagando. Diez años después, se trataba de flexibilizar el contenido de la prestación laboral y para ello se impuso con mano de hierro –y contra la posición de los sindicatos- una reforma laboral que simplificaba y abarataba la salida y dotaba a los empleadores de mayores competencias para novar y modificar las condiciones de la prestación laboral, desde una perspectiva ajena al sinalagma contractual laboral, lo que determinó una evidente descompensación de fuerza entre empresarios y trabajadores y que la necesaria regulación de la flexibilidad como nuevo modelo productivo derivara en precarización. Y qué decir de las reformas de este milenio (que esta vez tienen el sustento de la lógica comunitaria tras el llamado Proceso de Lisboa, que nada tiene que ver con el tratado de la misma localidad), basadas en el apriorismo de “la-prestación-de-desempleo-afecta-negativamente-a-la-ocupación” –cuya máxima expresión es ese absurdo, ominoso y formalista “compromiso de empleo” recogido en la Ley General de la Seguridad Social- y el dogma “despedir-es-muy-caro-y-también-afecta-al-empleo”, aún vigente y que, de momento, ha comportado la supresión práctica de los salarios de tramitación y la rebaja de indemnizaciones en determinados supuestos de despidos para concretos contratos. Tampoco ninguna de esas medidas ha servido para crear empleo de calidad –todo lo contrario-. Y no podemos olvidar a la pobre Seguridad Social, con regulaciones prácticamente anuales siempre a la baja porque “está-económica-y-actuarialmente-demostrado-que-el-modelo-actual-es-insostenible”, según serios estudios, generalmente financiados desinteresadamente por entidades financieras, que anuncian el colapso del sistema para fechas concretas que luego –al devenir esas datas, cual Testigos de Jehová anunciado el fin del mundo- son postergadas. No deja de llamar la atención que esos estudios –que aparecen cada tres o cuatro meses- tengan un impacto mediático significativo, mientras que los medias prácticamente nada han dicho de la quiebra o minusvaloración de un montón de fondos privados de pensiones a raíz de la actual crisis económica.


Esta tendencia normativa ha tenido efectos devastadores sobre el Derecho del Trabajo: ha roto la solidaridad de los trabajadores, disgregando el colectivo asalariado (aunque ahora, al parecer, la culpa de esa disgregación es de la propia disciplina por sus tutelas), ha modificado el estatus quo del poder en el contrato de trabajo, dotando al empresario de mayores competencias y ha limitado la capacidad contractual del sindicato, lo que ha afectado seriamente su legitimación social como agente constitucional. Y lo que es peor: ninguna de esas medidas ha servido para adaptar el mercado de trabajo a la nueva realidad productiva y de prestación de servicios, ni para crear empleo de calidad.


Las sucesivas reformas laborales sólo han servido –y ruego disculpas por la radicalidad de la afirmación que, sin duda, matizaría si no me embargara el ardor expositivo- para vaciar de contenido el modelo de Estado social y democrático de Derecho. Esas mutaciones reguladoras han invertido el mandato constitucional de avanzar hacia la igualdad sustantiva entre los ciudadanos, han situado el derecho a la libre empresa por encima de otros derechos fundamentales más protegidos –como el de libertad sindical o huelga en relación con los de negociación colectiva y conflicto colectivo- (y no sólo en España, también en el ámbito europeo), han vaciado de contenido el derecho al trabajo limitándolo al acceso genérico e indeterminado al empleo, han obviado que la propiedad no es un derecho inmediato al estar condicionada por su uso social y han eliminado el principio de suficiencia de las prestaciones de Seguridad Social. A lo que añado, como juez, que también de alguna manera han afectado al derecho a la tutela judicial efectiva, al impedirse o limitarse en la práctica gran parte de las posibilidades de control judicial de determinadas prácticas empresariales, singularmente en materia de control de causalidad de los despidos.


Esa constante labor de zapa del Estado social y democrático de derecho se ha venido efectuando continuadamente por parte del legislador desde hace dos decenios y medio. Y, según algunos autores como Baylos y Pérez Rey, también la doctrina judicial –especialmente, la Sala de lo Social del TS- ha coadyuvado a ello. Con todo hay algo que me parece más grave: tampoco la negociación colectiva ha sido capaz de dar respuesta a esos envites en la línea de flotación constitucional. Me atrevería a afirmar, incluso, que ni tan siquiera ha servido para poner parches. En determinadas materias como el retroceso de la igualdad substantiva por la disgregación del colectivo de personas trabajadoras, los convenios colectivos y otras prácticas de negociación se han convertido en uno de los instrumentos más activos para crear desigualdad.


Si esta tendencia se sitúa en perspectiva histórica, la conclusión me parece evidente: al neoliberalismo rampante le “sobra” (porque ya no lo precisa, cautivo y desarmado el ejército rojo) la propia noción de Estado social y democrático de Derecho. ¿Para qué debe distribuir poderes, rentas y derechos ante un adversario notoriamente capitidismuido? (Debo advertir al lector que a estas alturas de mis reflexiones, mi alter ego marxista quiere hacer múltiples precisiones y matizaciones… sin embargo, como podrá comprobarse, estoy ya plenamente poseído por mi personalidad de jurista)


Y ese ataque al modelo constitucional sobre el que se erigió el gran pacto social del welfare (que la derecha considera vencido) ha tenido indudables consecuencias sociales, especialmente por lo que hace a la centralidad del trabajo como eje sobre el que se incardina la propia noción de ciudadanía. El trabajo, en efecto, ha pasado a ser algo “secundario” en nuestra sociedad, de tal manera que parece que el estatus de ciudadano vuelva a centrarse sobre la propiedad (lo que, por tanto, coadyuva a la negación del Estado social y democrático). Y todo ello aunque no exista históricamente ningún modelo de sociedad que no se halla articulado como tal a partir del valor “trabajo” (en su sentido amplio y no de dependencia capitalista, en matización que acepto, por la estridencia con que la formula, de mi personalidad marxista). La tendencia a negar la ciudadanía social articulada sobre ese valor deriva del famoso “capitalismo popular” tatcheriano. Lo curioso es cómo ese individualismo propietarista se ha acabado implementado en la propia mentalidad de los trabajadores. No es necesario acudir a estudios demoscópicos, basta –o mejor dicho, bastaba hasta la actual crisis- prestar oídos a cualquier conversación de currantes en un bar: muchas versaban sobre Euribor, créditos a bajo interés, nuevos modelos de vehículos, inversiones… La asunción acrítica del fetichismo de los bienes, como afirma, de nuevo gritando, mi alter ego marxista. Una buena prueba, por otra parte, de cómo la clase dominante impone su hegemonía social e ideológica –en una lógica gramsciana en la que suelen coincidir mis dos personalidades-.


Y ello va íntimamente unido desde mi punto de vista al sometimiento del capitalismo productivo al especulativo, de tal manera que el fin de la sociedad parece ser la simple especulación, en lugar de la creación de riqueza a través de las empresas y el trabajo. No me resisto a poner por escrito una anécdota que he contado verbalmente en múltiples ocasiones. Una dependienta de una tienda de electrodomésticos comenta con su compañera que ella está aquí “de momento”, porque el piso y el apartamento de sus padres “valen una pasta” que, en su día –se supone, a la muerte de sus mayores-, le proporcionarán suficientes rentas para vivir. Mientras tanto, tres clientes estamos intentando que la susodicha nos atienda –a la postre, con desgana-, una vez deje la cháchara con su colega.


No deja de ser llamativo que la llamada cultura del esfuerzo haya pasado a ser una reivindicación de la derecha. Sin duda que esa reclamación de clase debe ser traducida como: “trabajen ustedes más para que haya más productividad y seamos más competitivos… por tanto, nosotros ganemos más”. Sin embargo, no está de más recordar que el trabajo –es decir, la autoemancipación personal a través del mismo- ha formado parte del alma de la izquierda durante muchos años. Alguna reflexión cabrá hacer en relación al nuevo paradigma social postfordista y los valores sociales de las generaciones tecnológicas…


Y aquí toca, que lo valiente no quita lo cortés, volver sobre esa crítica a la negociación colectiva y su papel, antes efectuada, para matizarla. Crítica que, lógicamente, apuntaba sin miramientos al sindicato. Ciertamente no es fácil ejercer como organización de clase, cuando una buena parte de tus representados no tienen ya consciencia de clase. Quizás no es un disparate afirmar que el neoliberalismo ha sido capaz de engendrar el mayor aparato de alienación colectiva de las personas asalariadas nunca antes conocido bajo el capitalismo, en unos tiempos y en unas sociedades en los que paradójicamente el nivel de cultura general se ha incrementado exponencialmente y en el que la influencia de las religiones es cada vez menor. Y todo ello ante el silencio de la izquierda, incapaz durante todos estos años de crear una cultura alternativa sobre la que construir otra hegemonía social.


En ese triste panorama he venido ejerciendo como jurista durante un cuarto de siglo. En ese lapso temporal he visto cómo la fosa entre mi “deber ser” y el “ser” real se iba ampliando día tras día, cómo el desiderátum de los valores democráticos se ha ido pervirtiendo (cuando no se negaban esos propios valores democráticos integrales), cómo mi disciplina era acusada de ahistórica, cómo el trabajo dejaba de ser un elemento de centralidad social y cómo la consciencia social iba abandonando poco a poco los valores de civilidad colectivos para centrarse en el simple egoísmo del neodarwinismo social. Y todo ello ante la jocosa y socarrona mirada de mi alma marxista que, cuando estaba de buenas, me consolaba con la cínica frase: “tranquilo, ya llegará el ciclo de crisis”


Y, efectivamente, la crisis llegó.


Sin embargo, con la crisis mi desorientación se ha incrementado. Efectivamente, el modelo de crecimiento del neoliberalismo se ha estrellado, en lo que parece ser el mayor costalazo que conoce el capitalismo en cuatro generaciones.
Aunque los indicios del crack son muy anteriores, mediáticamente se ha concretado artificiosamente como fecha de salida de la misma el 15 de septiembre de 2008, con la famosa quiebra de Lehman Brothers (de la misma manera, que la “gran depresión” se concretó con el llamado “jueves negro” o la “crisis del petróleo” con la decisión de los países Árabes de la OPEP de no vender crudo a los países que apoyaron al Estado de Israel en la Guerra del Yom Kippur). Demos por buena, a efectos simplemente expositivos, esa fecha. Pues bien, ¿qué ha ocurrido a lo largo de este año? Podríamos considerar que, en parte, el discurso de la derecha se ha fragmentado: mientras un sector se ha enrocado en la lógica neoliberal (imputando la situación actual al mantenimiento de excesivos intervencionismos y negando cualquier responsabilidad –aún siendo obvia- de su ideología y práctica en este cuarto de siglo), otros se apuntan a tímidos intentos de poner orden en el sistema estableciendo determinadas limitaciones y regulaciones a la actuación del capital financiero, introduciéndose, además, aspectos relativos a la adaptación al cambio climático. A esta última tendencia parecen haberse apuntado Sarkozy, Merkel o el propio Obama (con matizaciones respecto a éste, porque ciertamente lo que dice es diferente). Y aunque en una primera etapa parecía que era éste último el sector triunfante –recuérdese las sucesivas cumbres de Londres y Nueva York-, en los últimos meses los fundamentalistas neoliberales están dando una dura batalla mediática y social (valgan como ejemplo, los argumentos salvajes relativos a la batalla actual en USA sobre la asistencia sanitaria) Eso sí: tirios y troyanos parecen coincidir en la necesidad de cambiar las reglas del mercado de trabajo, profundizando aún más en el rebaje de tutelas de las personas asalariadas, aunque es evidente que la actual situación de crisis no tiene ahí su origen. Pero, ya se sabe que el Pisuerga pasa por Paparanda…


Pero, ¿qué dicen las izquierdas? La respuesta es obvia: prácticamente nada.


La socialdemocracia, allí donde gobierna, como en España, se ajusta a la política de dar bandazos, generalmente aceptando la lógica del sector menos ortodoxo del neoliberalismo, pero sin una propuesta global más o menos articulada. Y, por su parte, la izquierda alternativa –en sus múltiples y lamentablemente enfrentadas visiones- se limita a culpar al capitalismo y al sistema de la crisis –lo que es obvio- y a reclamar que los efectos de ésta no caigan sobre las espaldas de los trabajadores –lo que es una evidente ingenuidad en el actual panorama de hegemonías de clase-, pero sin articular tampoco una propuesta global de futuro.
Y ello por no hablar del sindicalismo, aún prisionero de la cultura fordista y empeñado en reivindicar el cumplimiento del ya extinto pacto welfariano. Cada vez más a punto de que se le pase el arroz.


En todo caso, si uno mira las propuestas desestructuradas de las izquierdas y del sindicalismo ante el actual panorama lo llamativo es que todas ellas insisten en dos parámetros: por un lado, se meten a decirle al capitalismo cómo regular el funcionamiento del capital financiero (un ejemplo lo hallaremos en el documento de Die Linke –probablemente la organización europea con mayor capacidad de decir cosas nuevas- en sus propuestas frente a la crisis, que puede descargarse en inglés en:
http://die-linke.de/politik/aktuell/nachrichten/detail/zurueck/selected-news/artikel/on-the-financial-crisis/) ; por otro, se propugnan por todos parches puntuales en los mecanismos de cobertura social ante el desempleo.


Y es aquí donde surge el estupor del jurista que da título a estas disgregadas y desarticuladas reflexiones. En efecto, si la actual crisis es fruto de las políticas neoliberales que nos han llevado a la desvirtuación del concepto de Estado social y democrático de derecho, con obvios retrocesos en conquistas anteriores, parece obvio que, más allá de modificar el sistema financiero o ampliar desagregadamente tutelas, habrá que repensar desde la izquierda por dónde habrá que caminar en el futuro para desandar el camino trazado hacia atrás y seguir avanzando. Lo que ocurre es que ese camino ya no puede transitar por la vereda anterior, pues la orografía ha cambiado sensiblemente, de tal manera que donde antaño había un puente, ahora hay un abismo. En otras palabras, habrá que pensar cuál es el modelo alternativo de sociedad que la izquierda propone –la concreción del futuro Estado democrático y social de derecho-, situado de nuevo ante los cambios que se han producido en los últimos veinticinco años. Un modelo que se adapte al cambio del modelo productivo y al postfordismo, a los nuevos valores sociales de las gentes y que supere el régimen de tutelas anteriores.
Y mi yo-jurista –no así, el marxista- cree llegado el momento de reivindicar los valores integrales del derecho como orden alternativo. Un orden alternativo que desarrolle el concepto de fraternidad entre los ciudadanos y que, en consecuencia, suponga el reconocimiento por la sociedad del derecho de cada uno de ellos de desarrollar todas sus potencialidades humanas, con la dotación de medios suficientes. Y que, por tanto, supere el concepto de previsión social –o, incluso, de Seguridad Social- reconociendo en modo articulado todas las tutelas públicas o privadas como derecho de ciudadanía. Un orden alternativo que reivindique como eje de civilidad la igualdad, tanto en las relaciones de dependencia en el trabajo y de contenido del contrato –superando la ominosa subalternidad fordista-, desarrollando el ejercicio de los derechos fundamentales en las relaciones laborales, como entre el propio colectivo de personas asalariadas y dependientes del trabajo. Y, por supuesto, que tenga claro un concepto moderno de igualdad, que vaya más allá de la tradicional tabla rasa uniformizante y que sea eficaz en la lucha contra la discriminación.


Y también, un nuevo orden que supere los límites impuestos por el pacto welfariano al iuslaboralismo. Así, en relación con la articulación de mecanismos de tutela a escala internacional, de tal manera que las relaciones laborales sean tales y no simple paraesclavitud –superando el marco del Derecho del Trabajo en cada país, que el pacto comportó-, como respecto al fin del modelo de empresa autista, sin control societario de qué se produce y cómo se produce (rompiendo la lógica del ghetto del centro de trabajo que se incluyó implícitamente en el acuerdo de postguerras) Y todo ello ha de pasar por una revalorización del factor trabajo, como elemento individual para alcanzar mayores cotas de libertad y autoemancipación.


Por supuesto ese panorama debe comportar una nueva relación entre derecho y economía, de tal manera que aquél recobre su capacidad propositiva y reguladora, más allá de los intereses puntuales de ésta. Es obvio que el reconocimiento de derechos cuesta dineros –no soy tan ingenuo a mi edad como para pensar lo contrario-. Ocurre, sin embargo, que el método discursivo correcto pasa, primero, por la propuesta de derechos y luego, en función de los dineros que haya en caja, ver hasta dónde se puede llegar. Hemos vivido unos tiempos –y los seguimos viviendo en la actualidad- en que la lógica es la inversa: en función de los dineros se reconocen o no derechos.


De nada de eso se ha hablado en las cumbres de G-20 y G-8. Pero tampoco se habla –y eso es lo más grave- en el debate social.


Eso dice mi alma jurista. Y, por supuesto que esos apuntes son incompletos y probablemente erróneos. Pero lo que de verdad me aturde es que ese debate sobre el desarrollo democrático es hoy inexistente en las izquierdas, en el sindicalismo y en el mundo del iuslaboralismo.


Si la izquierda es incapaz de diseñar un modelo de sociedad alternativo, el resultado está servido: se limitará a ser el Pepito grillo de un orden injusto que seguirá centrando sobre la simple libertad individual y se irá apartando de los otros elementos –igualdad y fraternidad- que configuran la democracia. Y los juristas dedicados al Derecho del Trabajo nos convertiremos en unos simples componedores de las relaciones laborales en orden a la productividad y la competitividad.


Y acabo aquí en forma abrupta mis atolondradas reflexiones. No por nada: es que mis dos personalidades vuelven a estar a la greña.



30 August 2009

REFLEXIONES LONDINENSES (Romper con el fordismo)




Miquel Àngel FALGUERA BARÓ

Este año he pasado algunos días de mis vacaciones en mi querida Londres. Y entre la lectura que llevaba para relajar la mente en los largos períodos de descanso entre caminata y caminata –que uno ya empieza a tener una cierta edad- estaba el magnífico y recomendable libro de Antonio Baylos y Joaquín Pérez Rey “El despido o la violencia del poder privado”, publicado por Trotta (y aprovecho aquí para mandarle un mensaje a Antonio: te agradezco que me lo hicieras llegar y la dedicatoria y siento no haberlo leído antes, pero quería hacerlo con sosiego)

La concurrencia de ambos factores (Londres y el libro) me ha llevado a sentirme como una especie de Alicia en “A través del espejo”, es decir a contemplar la realidad desde otro lado. Ya se sabe que esos británicos lo hacen todo al revés (circular, expresarse e, incluso, pensar). Y eso se acaba pegando, quieras que no. Por su parte, Baylos y Pérez Rey ofrecen una visión claramente a contracorriente de una de las instituciones básicas del Derecho del Trabajo, el despido en sentido amplio. Se trata de una reflexión alternativa de la disciplina que viene a discutir el conformismo generalizado y prácticamente acrítico de la doctrina iuslaboralista –incluso, y siento decirlo, por la inmensa mayoría de autores que se reivindican como progresistas y, algunos, incluso de izquierda-. Y tal vez algo de eso se me haya acabado pegando también.

Es de elogiar que en unos tiempos en los que la lógica meramente economicista ha corrompido como nunca antes la sociedad, los valores e, incluso, la consciencia de ciudadanía, conformando un ominoso pensamiento único basado en el individualismo, el simple afán de lucro y la entronización del mercado, los autores de esa obra se sitúan “al otro lado” (en un gesto que me atrevo a calificar de “heroico” con la que está cayendo): revindican el Derecho como instrumento de civilidad, recuerdan que nuestro sistema constitucional –como el resto de los europeos- dibujan un Estado de Derecho que es también Social, ponen encima de la mesa que el iuslaboralismo deriva de los valores republicanos –no sólo la libertad, también la igualdad- y reclaman la ciudadanía laboriosa y los valores del trabajo como centro del necesario paradigma democrático.

Y es por ello que la figura del despido se dibuja en estas reflexiones como un ejercicio de autotutela empresarial, ajeno a la lógica contractual civilista, que se basa, simplemente, en el derecho de la propiedad, sólo sometido a un control judicial “ex post”. Y aunque esa “violencia del poder privado” ha operado siempre así desde que el Derecho del Trabajo se reconoce como tal, el libro pone en evidencia cómo la lógica del neoliberalismo –el gran corruptor de los valores democráticos- ha venido rescribiendo en los dos últimos decenios los mecanismos de igualdad formal entre las partes, sometiendo cada vez más a esa institución clave del iuslaboralismo a los intereses empresariales. El dedo acusador de los autores no se dirige sólo contra el poder legislativo. También lo hace hacia el poder judicial, significativamente a la constante y continuada labor hermenéutica de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una clara acusación que yo no puedo suscribir públicamente (reitero: públicamente), so pena, caso contrario de que el Consejo General del Poder judicial me abra un expediente disciplinario.

Pero el panfleto (en la buena y sana acepción de la palabra) de Baylos y Pérez Rey no se queda sólo en las críticas: avanza en el terreno de las propuestas, entre las que me interesa destacar la reflexión específica que se hace del marco legal de la nulidad del despido, en relación a los arts. 55.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y 108.2 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL), recordando que los derechos fundamentales –cuya vulneración determina la calificación de nulidad- no son, conforme a la más moderna y avanzada doctrina constitucional, únicamente los que contempla la Sección Primera del Título Segundo de la Constitución española (CE), sino también los de la Sección Segunda, y, por tanto, el derecho al trabajo del art. 35 de nuestra Carta Magna. Y aunque también la libertad de empresa y el derecho a la propiedad tienen el mismo cobijo constitucional, se constata cómo determinados supuestos de despido –especialmente, los que tienen como causa situaciones de incapacidad temporal o los que carecen de causa real- se cohonestan con otros derechos fundamentales, especialmente el de tutela judicial efectiva, ex art. 24 CE.

Sólo una crítica a la obra: tengo la impresión que la descalificación al concepto de “flexiguridad” se hace “in toto” –aunque formalmente no sea así-. Y esa una tendencia que me parece peligrosa: una cosa es que la lectura hegemónica hoy (especialmente en el ámbito de la Comisión Europea) de dicha figura sea regresiva –que lo es- y otra que las izquierdas nos neguemos a discutir sobre ese nuevo paradigma de las relaciones laborales, ofreciendo alternativas y discutiendo en el terreno hegemónico esa lectura hoy prácticamente unívoca.

Sin embargo, no es objeto de estas reflexiones hacer una recensión del librito –cuya compra y, especialmente, lectura recomiendo vivamente a iuslaboralistas y sindicalistas-, sino plasmar por escrito de manera informal algunas de las reflexiones que el mismo me ha incentivado respecto al actual y puntual debate sobre el cambio de nuestra legislación laboral a raíz del –de momento, fallido- proceso de concertación social. Pensar en clave británica y leer a Baylos y Pérez Rey me han servido para tener una perspectiva desde el otro lado del espejo. Llámenme Alicia.

Uno tiene la impresión –leyendo o escuchando lo que “sale” en los media- que el debate central sobre cómo adaptarnos a la actual situación de crisis económica pasa, esencialmente, por un nuevo marco regulador del despido o, mejor dicho, de una mayor “flexibilidad” –desde la vertiente empresarial- en la finalización del contrato de trabajo. Es verdad que también han concurrido –al menos por lo que ha aparecido en los medios de comunicación- otros aspectos, singularmente los relativos a la disminución de cuotas empresariales en la cotización a la Seguridad Social –que era también una propuesta patronal-. Sin embargo, el gran debate público entre agentes sociales –con intervenciones puntuales del Gobierno- se ha producido sobre ese primer punto. Y es ésa una batalla que parece que también ha ganado la derecha, en tanto que lo que se transmite a los ciudadanos es la expresada idea –con independencia de que cada ciudadano o ciudadana esté o no de acuerdo con ella- y no que la reforma del marco de relaciones laborales español y la reestructuración del sistema económico tenga otras alternativas.

La gran propuesta patronal ha sido el llamado “contrato único”, consistente básicamente en la plasmación legal de una nueva modalidad contractual aparentemente de duración indefinida, pero que el empresario podría rescindir en cualquier momento sólo pagando una indemnización fija o porcentual por antigüedad, sensiblemente inferior a la actualmente contemplada para la improcedencia del despido –si se opta, lo que se olvida comúnmente, por la no readmisión- y un control judicial limitado al juicio de constitucionalidad, sin que sea posible el de causalidad. Es obvio que nos hallamos ante una especie de “tertium genus” entre la contratación fija e indefinida y la contratación temporal. En efecto, el llamado contrato único compartiría con la primera la inexistencia de una fecha de vencimiento cierta del vínculo laboral y con la segunda la posibilidad empresarial de poner fin al vínculo contractual sin control judicial de la causa.

Hace ya tiempo que esa propuesta se viene reclamando al Gobierno por parte de eminentes pensadores iuslaboralistas conservadores (declarados o de facto), patronales de todo tipo, círculos de economía y grupos de presión empresariales, “think tanks” neoliberales y demás. Incluso, el propio Gobernador del Banco de España, cuya mayor preocupación parece ser hoy, como señalaban dos eminentes iuslaboralistas buenas amigas mías en este mismo blog (
http://lopezbulla.blogspot.com/2009/08/por-la-dimision-de-mafo.html), la situación del mercado de trabajo y no la de las entidades financieras en la actual crisis y sus responsabilidades en la misma. No está de más recordar que la propuesta fue avalada por un manifiesto de cien supuestos expertos en el mercado laboral, prácticamente todos ellos economistas (http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idnoticia_PK=605818&idioma=CAS) A lo que cabe añadir, como dato preocupante, que uno de dichos expertos ha pasado a ostentar altos cargos en el Ministerio de Economía tras la última remodelación ministerial (http://www.publico.es/xalok/225636/salgado/fichaa/defensordel/contrato/unico)

No entraré aquí en el análisis en profundidad de esa propuesta desde el punto de vista del Derecho del Trabajo y lo que me parece –en la línea apuntada ya por los profesores Baylos y Pérez Rey- respecto a su improbable adaptación al marco constitucional.

Sí quiero destacar, sin embargo, que el contrato único se enmascara a menudo con un supuesto argumento “progresista”. En efecto, en línea con la lectura comunitaria de flexiguridad después del llamado “informe Kok”, se señala por esos apologistas de lo imposible que su objetivo es superar la dualidad del mercado de trabajo entre “insiders” y “outsiders”. Aunque es indudablemente cierto que el colectivo asalariado está claramente fragmentado –lo que es malo para el Derecho del Trabajo y para el sindicalismo- lo que ocurre es que el contrato único no tiene como objeto la igualdad, sino en la desigualdad, en tanto que su finalidad es rebajar tutelas de los trabajadores con más garantías, en lugar de aumentar a los más desprotegidos. A nadie en sus sanos cabales se le ocurriría proponer que para luchar contra la discriminación salarial de las mujeres en el mercado laboral lo oportuno sería rebajar las retribuciones a los hombres…

A lo que cabe añadir que, en los términos que se nos propone, dicho contrato introduciría una nueva y enésima fragmentación, en tanto que los asalariados cuyo contrato fuera anterior a la nueva modalidad seguirían rigiéndose por las antiguas salvaguardas, lo que no ocurriría con los que formalizasen su vínculo contractual con posterioridad.

Finalmente, habrá que indicar que presumiblemente muchos empresarios acudirían a despedir a trabajadores fijos con menos antigüedad para contratar otros nuevos –o los mismos, una vez extinguido el contrato anterior- a fin de reducir costos futuros y, en la práctica, también presentes, en tanto que la falta de tutelas determinaría mayor precarización y menor fuerza negocial del sindicato. Algo similar ocurrió en 1984 con el experimento con gaseosa de la temporalidad sin causa. En otras palabras: la figura analizada de instalarse efectivamente supondría, al menos en un plazo corto o medio, un mayor incremento de los despidos (lo que no dejan de ser sutilezas para esos “expertos”) y, en todo caso, mayores capacidades individuales de los empleadores en el desarrollo del contenido individual de la prestación de trabajo, rompiendo más el mandato constitucional de igualdad.

En definitiva, el contrato único para lo que serviría efectivamente es para precarizar el mundo laboral y, en consecuencia, para incrementar la redistribución negativa de rentas, a favor de los más poderosos y para dotar de mayores competencias a los empleadores.

¿Qué sentido tiene cuando se está despidiendo gente a espuertas plantear una mayor flexibilidad en la salida, sino es para dotar a los empresarios de más ventajas para despedir y reducir las rentas de los trabajadores? Como señala con su socarronería habitual el maestro ROMAGNOLI en la introducción del libro de Baylos y Pérez Rey “la crisis más devastadora que haya conocido el mundo desde los años treinta hasta aquí, debe haber excitado los ánimos más allá de lo lícito si se está asentando la opinión según la cual el mejor incentivo legal para crear puestos de trabajo consiste en permitir la destrucción de los existentes por parte de los operadores económicos. Es decir, que el miedo a perder el puesto de trabajo como consecuencia de un despido facilitaría su búsqueda y en consecuencia la restitución de la licencia para despedir que ha sido revocada en todas partes contribuye a hacer efectivo el derecho al trabajo”.

Esos análisis y esas propuestas se basan en los conocidos axiomas del neoliberalismo. Axiomas que, como tales, devienen verdades reveladas, que no admiten discusión y sobre las que no cabe el diálogo alguno con sus apologetas. Sin embargo, habrá que recordar que ninguno de esos axiomas ha sido demostrado, más bien todo lo contrario. Por poner alguno de los múltiples ejemplos posibles, baste citar la Resolución del Parlamento Europeo de 11 de julio de 2007 sobre la Reforma del derecho laboral ante los retos del siglo XXI “los estudios recientes (…) han mostrado que no hay pruebas para la afirmación según la cual la reducción de la protección contra el despido y el debilitamiento de los contratos laborales estándar facilitan el crecimiento del empleo”. A lo que añado: tampoco está demostrado que la redistribución negativa de rentas sirva para que se cree el empleo y generar riqueza. A la experiencia de los últimos veinte años –y a los informes de la OIT- me remito.

A lo expuesto cabe adicionar una consideración adicional en relación a cómo se propagan las ideas y los dogmas neoliberales en este mundo globalizado. En efecto, esos “expertos” y esas “autoridades” económicas han inventado la sopa de ajo. Baste recordar que ya en 2007 la OCDE apostó por ese modelo, con recomendación específica para España, y su discusión es generalizada en Europa (lo que efectivamente se está produciendo especialmente, en Italia, Francia y Alemania, aunque con múltiples matices) En definitiva, el descubrimiento de algo ya descubierto hace tiempo. O el mimetismo acrítico y uniformante de la globalización.

Pero es más, cabrá recordar que la lógica de fondo del contrato único con menor (o ninguna) indemnización es ya una realidad parcial en España en determinados sectores, por obra y gracia de la jurisprudencia, sin que como veremos se halla convertido en un instrumento de creación de empleo.

En efecto, así ocurre en el ámbito de las Administraciones y empresas públicas, donde rige el llamado contrato-indefinido-no-fijo o “contrato temporalmente indefinido” (el oxímoron no es mío, sino del propio TS a partir de la sentencia de 27 de mayo de 2000). Debe referirse para las personas lectoras que no sean expertas en Derecho del Trabajo que la práctica generalizada por todas las Administraciones de usar y abusar de la temporalidad como mecanismo de gestión fácil de su mano de obra (de tal manera que según los últimos datos la temporalidad pública supera ya a la privada:
http://www.elpais.com/articulo/economia/contratacion/temporal/publica/supera/tasa/sector/privado/elpepueco/20090801elpepieco_5/Tes) ha llevado al iuslaboralismo a un callejón de mala salida cuando concurre –lo que pasa muy frecuentemente- fraude de ley en el contrato: mientras que desde el punto de vista del Derecho del Trabajo rigen las tutelas del art. 15.3 ET –es decir, la presunción legal de que el contrato es indefinido y, en su caso, la equiparación de la finalización contractual a la figura del despido- desde la perspectiva administrativa en relación al art. 103.3 CE la consolidación definitiva de la plaza por el trabajador irregularmente contratado con carácter temporal es susceptible de afectar a la exigencia constitucional de que el acceso a la función pública –en sentido amplio- está sometido a las reglas de mérito y capacidad, amén de igualdad de todos los ciudadanos. Esa contradicción determinó en su momento notorias oscilaciones jurisprudenciales que, sin embargo, finalizaron con la STS UD de 20 de enero de 1998 (seguida luego por otros muchos pronunciamientos). La lógica casacional, actualmente imperante, se basa en la consideración de que esos trabajadores contratados temporalmente en fraude de ley por su singular ocupador tienen un vínculo indefinido pero no fijo (una especie de interinidad indefinida), en una hermenéutica que parece ser en parte contradictoria con algunos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (por todas STJCEE de 7 de septiembre de 2006, asunto Marrosu y Sardino). De esta manera, esos trabajadores ilícitamente contratados a tiempo cierto se integran indefinidamente en la plantilla del ente público para el que prestan sus servicios –venciendo sólo su cláusula de temporalidad-, pero sin embargo no consolidan plaza, de tal manera que el vínculo contractual finaliza, sin ningún tipo de indemnización, si dicha plaza es cubierta a través de la correspondiente convocatoria pública de promoción interna o de acceso o es a la postre amortizada. Baste leer cualquier recopilación jurisprudencial para observar que esa especie de contrato único está muy extendida en el ámbito de las Administraciones y empresas públicas. Hasta tal punto que la figura del contratado indefinido-no-fijo ha sido elevada a rango legal en los arts. 8.2 c) y 11.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, de 12 de abril).

Ocurre, además, que esa lógica se está actualmente implementando también en el sector privado, singularmente en el sector de las contratas –propias, en el sentido que les resulta plenamente de aplicación el art. 42 ET, o impropias, cuando existe descentralización productiva pero no afecta a la “propia actividad” inherente que dicha norma exige-. Es obvio que una empresa contratista ha de contratar normalmente nuevos trabajadores para cubrir las nuevas prestaciones de obra o servicio que se acuerden con la empresa principal. Y es también evidente que en la inmensa mayoría de supuestos esos contratos entre empresas tienen generalmente un término cierto final –de mayor o menor duración-, que puede ser posteriormente renovado. Se genera así un problema legal que resulta también de difícil sustanciación: del contenido del art. 15.1 ET se deriva, en principio, que no existe causa de temporalidad normativa, en tanto que la duración de la contrata acostumbra a ser superior al plazo establecido para los contratos eventuales, sin que, además concurra la nota de excepcionalidad puntual, y, por otra parte, difícilmente es apreciable que aquí pueda hablarse de autonomía o substantividad propia en la mayor parte de supuestos o de indeterminación de la fecha de extinción de la contrata, como se exige para los contratos por obra o servicio. Pero, es lógico que no puede exigirse a la empresa contratista que acuda a la realización de contratos indefinidos, en tanto que la contrata tiene un término de finalización.

Sin embargo, la doctrina casacional ha venido considerando desde la sentencia de 13 de febrero de 1995 –y otras muchas posteriores- que debe primar la necesidad de mano de obra temporal de la empresa, indicando que la modalidad adecuada –aún reconociéndose en forma expresa que no se adapta al marco legal- es la de obra o servicio del art. 15.1 a) ET.

De esta manera, en principio y al margen de las reflexiones que se harán a continuación, las empresas contratistas pueden hacer contratos de obra o servicio para cada contrata que tengan concertadas con las principales. De tal forma que cuando finaliza la contrata, el vínculo contractual con el asalariado afectado se extingue, con la única indemnización de ocho días de salario por año trabajado, de conformidad con el art. 49.1 c) ET. Habrá que recordar que si existe un único contrato, sin encadenamiento –lo que es lo más frecuente- no regirán las limitaciones legales de la duración máxima de treinta meses de temporalidad que establece el art. 15.5 ET, tras la Ley 43/2006. Y, asimismo, no está de más destacar que en el anterior proceso de concertación –que se plasmó en la norma que acaba de citarse- se discutió entre los agentes sociales la posibilidad de establecer indemnizaciones similares a las de los despidos objetivos para estos supuestos, sin que en la posibilidad se acabara regulando en el cambio legal.

Ocurre, sin embargo, que en muchos casos la contrata es renovada, de tal manera que vencido el plazo inicial, se realizaba otra nueva. Surgió aquí un nuevo problema aplicativo en relación a si vencía o no el contrato de obra o servicio. La doctrina del TS entendió que la novación de la contrata determinaba la finalización del contrato laboral (entre otras, SSTS 22.10.2003 o 04.05.2006) Sin embargo, esa lógica se basaba en la consideración de que en el caso de contratas en procesos de descentralización productiva que se limitaban a la aportación de actividad y trabajadores, sin que existieran elementos patrimoniales significativos –lo que ocurre en la mayor parte de supuestos- no existía sucesión de empresas de conformidad con el art. 44 ET, por lo que el cambio de contratista, o incluso la novación contractual con el mismo, determinaba que no existiera obligación de mantenimiento del empleo de los anteriores trabajadores –salvo pacto individual o colectivo en contra-. Ésa era la doctrina del TS desde la sentencia de 22 de enero de 1990.

Pero esa doctrina acabó topando con la del TJCEE en la interpretación de la Directiva 2001/23/TCEE, significativamente a partir de la sentencia de esta última instancia judicial de 24 de enero de 2002, recaída en el asunto Temco. Y ello obligó al TS a modificar a regañadientes –y con inauditas críticas al tribunal europeo- sus anteriores criterios a partir de la STS UD 27.10.2004, declarando en forma expresa que si existía transmisión de personal también existía sucesión de empresa y, por tanto, regían las tutelas del art. 44 ET (entre ellas, el mantenimiento del empleo).

Y ese cambio doctrinal ha acabado teniendo efectos sobre los contratos temporales por obra o servicio realizados para cubrir contratas, en una evolución doctrinal muy reciente –que, pese a su importancia, ha tenido un nulo eco en la literatura jurídica-. Así, el TS ha venido considerando que el fin de la contrata antes del término pactado –especialmente, si es por la voluntad de la empresa comitente-, con la consiguiente extinción contractual, determina que exista un despido (SSTS UD 21.02.2008 y 10.06.2008), que habrá de articularse por la vía del art. 52 ET (salvo pacto en contrario en el convenio). Y, lo que es más importante, también se ha insistido que si se renueva la contrata por parte de la principal y la arrendataria, existe obligación de mantener el contrato de obra o servicio inicial (SSTS UD 17.06.2008, 18.06.2008, 17.07.2008, 23.09.2008, etc)

Por tanto, esta nueva línea doctrinal lo que está afirmando es que un trabajador en dichas circunstancias podrá ver su prestación laboral prolongada por tiempo prácticamente indefinido, siempre y cuando se mantenga la misma titularidad de la contrata (o aunque ésta se modifique si el convenio sectorial establece la obligación de sucesión, o así se pacta con el nuevo dador de trabajo o, en el caso de que la principal sea una Administración pública, si el mantenimiento general de empleo se contempla en las bases del correspondiente concurso), sin que en ningún caso se pueda extinguir válidamente el contrato por finalización “ante tempus” de la contrata por voluntad de la principal, debiéndose acudir para ello a la vía del despido objetivo.

Obsérvese en consecuencia que estamos hablando de relaciones laborales que pueden ser consideradas como prácticamente indefinidas: de un lado, los contratos indefinidos-no-fijos de las Administraciones públicas, de otro todas las actividades de descentralización productiva sometidas a contrata. Y estamos hablando, si se suman ambos supuestos en relación a la realidad de nuestro mercado de trabajo y a nuestro modelo productivo y de prestación de servicios, de un número significativo de trabajadores afectados. Por lo que hace a la práctica de la subcontratación, habrá que recordar que la descentralización productiva ha comportado la existencia de múltiples casos en los que las personas asalariadas están prestando servicios reales para otras empresas (piénsese, entre otros muchos supuestos, en todo el sector de la automoción, editoriales, medios de comunicación y artes gráficas, las propias Administraciones públicas, seguros y entidades financieras, energía, actividad aeroportuaria, enseñanza, asesoramiento a empresas, determinadas tareas vinculadas con la alimentación y su distribución, grandes superficies comerciales, etc. o en concretas actividades, como servicios de seguridad, limpieza, “call centers”, mensajería y transporte, colectividades, telemárketing –ahora, “contact centers”-, servicios de prevención y salud laboral, las llamadas “empresas multiservicios” –de legalidad discutible-, reposición, mantenimiento, etc.)

Es cierto, sin embargo, que ni el marco actual regulador de los contratos temporalmente indefinidos de las Administraciones y empresas públicas, ni el de los derivados de la prestación de servicios a terceros son equiparables plenamente a la propuesta del contrato único de la patronal española. Pero sin embargo, sí guardan una evidente relación con sus efectos: de una parte, los trabajadores mantienen en todos los casos una relación contractual -que no es exactamente temporal- que saben que puede acabarse en cualquier momento sin ningún tipo de causa directamente vinculada con su prestación laboral o con las circunstancias técnicas, organizativas, productivas o económicas de la empresa, lo que implica evidentes dosis de incertidumbre; por otra, el control judicial sobre esa futura extinción en ningún caso podrá entrar en el control de causalidad. Se trata, en definitiva, de nuevos modelos de lo que antes hemos calificado de “tertium genus”, a caballo entre los tradicionales vínculos indefinidos y temporales.

Pues bien, cabrá observar que ni el contrato indefinido de las Administraciones públicas, ni el contrato de obra o servicio vinculado a una contrata que puede extenderse a lo largo de muchos años, mientras no se modifique el empleador –o, incluso, aunque se modifique si existe sucesión de empresas, aunque aquí operará la novación contractual- han servido para crear empleo en términos efectivos o han sido útiles para acabar con la disgregación del colectivo asalariado (más bien todo lo contrario) Para lo único que esas realidades equiparables han sido efectivas es para aumentar la precariedad de las personas asalariadas, para disminuir costos salariales y para que los empleadores ganen competencias decisorias en el ámbito del contrato de trabajo, con la disminución de la fuerza negocial del sindicato. Quizás no está de más recordar que, como la práctica muestra, el sindicalismo corporativo y el sindicalismo menos proclive a la concertación han venido ganando presencia en los últimos tiempos precisamente en el ámbito de las Administraciones y empresas públicas con altas dosis de temporalidad y en el de las empresas contratistas y de servicios para terceras mercantiles (lo que, por otra parte, no deja de poner de manifiesto una evidente deficiencia del sindicalismo confederal, todo sea dicho paso, incapaz de articular un discurso inclusivo postfordista que dé respuestas que no sólo satisfagan a los trabajadores tipo)

Podría acabar mis reflexiones, pegando palos sólo a la patronal y a la derecha y con este pequeño apunte final hacia el sindicato. Sin embargo, como me advierte siempre el titular de este blog y corrobora frecuentemente nuestro común amigo Ramon Plandiura, no están entre mis pocas virtudes la capacidad para hacer amigos, la de ser políticamente correcto o la de morderme la lengua. Yo no soy político, ni sindicalista –hace años que renuncié a esas opciones-, sino un simple jurista.

Y ahora toca girar la mirada hacia la izquierda.

Si bien se mira eso del contrato único es una propuesta social de gran calado. Sin duda criticable y, desde mi punto de vista, una aberración, pero una proposición de fondo favorable a los intereses de los opulentos. Pero, ¿cuáles son las propuestas de las izquierdas y, especialmente, del sindicalismo ante la actual situación? Simplemente, el mantenimiento del actual “status quo”, tocando sólo lo imprescindible con cuatro parches. Basta echar una ojeada al documento en el que se plasmaron las propuestas sindicales para el actual proceso de concertación para llegar a esa conclusión (véase:
http://www.comfia.net/archivos/prempleoyproteccion.pdf).

No deja de ser llamativo que, desde el punto de vista propositivo, es a las fuerzas progresistas a las que corresponde –más que a la patronal y a la derecha- el calificativo de “conservadoras”. Y lo que es más grave: en dicho documento apenas hay referencias al modelo de relaciones laborales y a la adaptación del mercado de trabajo a la nueva realidad productiva, desarrollando nuevas garantías. Los sindicatos mayoritarios parecen más preocupados por aspectos de macroeconomía que por los derechos concreto en el puesto de trabajo.

Y aquí es donde aparecen mis preocupaciones:
Nuestro modelo de despido es irracional, carente de lógica y falto de articulación y contiene cada vez menos tutelas. No me consta que los sindicatos hayan llevado ese tema a la mesa de concertación social –y si así es, pido disculpas-, al menos no hay ninguna referencia a este aspecto en la propuesta sindical. Quizá la lectura del libro de Baylos y Pérez Rey podría aportar algunas ideas.
Nuestro modelo de contratación temporal es plenamente causal sobre el papel, pero no así en la práctica, deviniendo todas las medidas correctoras instadas hasta la fecha, ineficaces para acabar de una vez con la cultura de la temporalidad, máxime cuando la mayor parte de convenios optan por ampliar sin causa específica la duración legal de los contratos. Y aquí tampoco se dice nada en las propuestas sindicales para la concertación social.
Nuestro mercado de trabajo está claramente fragmentado, apareciendo grietas significativas que rompen la unidad de los asalariados por razón generacional (dobles escalas, la propia contratación temporal, jubilaciones forzosas, jubilaciones anticipadas), de adaptación al nuevo modelo descentralizado de empresa (contratas, TRADES, falsos autónomos, ETT) y de equiparación de los colectivos que por razones de pertenencia a colectivos discriminados más sufren la desigualdad (mujeres –incluyendo los aspectos vinculados con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar-, extranjeros, discapacitados). Es ése un aspecto que –como ya he dicho- constituye una importante grieta sobre el que se articula el discurso propositivo neoliberal, en clave meramente de competitividad. Sin embargo, esa fragmentación está afectando gravemente al sindicalismo y al Derecho del Trabajo. Y tampoco aquí es apreciable –salvo alguna referencia genérica a la igualdad de género- que la propuesta sindical aporte reflexiones. No estaría de más reclamar al legislador un estatuto del trabajo dependiente –que englobara todas las situaciones dependientes del trabajo en sentido amplio y que incluyera derechos mínimos indisponibles para todas ellas y derechos colectivos transversales- y empezarse a plantear en serio acabar con la cultura de la dualización contractual, fuertemente implantada en la negociación colectiva.
Nuestro modelo de descentralización productiva no tiene un marco regulador incluyente, basándose en instituciones iuslaboralistas muy anteriores al actual proceso descentralizador (contratas propias, cesión ilegal de trabajadores y, en su caso, sucesión de empresas, a lo que cabe añadir una doctrina judicial en materia de responsabilidades objetivas de los grupos de empresa claramente desfasada), presentando además vacíos legales significativos en materia de tutelas individuales –singularmente por lo que hace a las llamadas contratas impropias- y colectivas –negociación colectiva y representación de los trabajadores horizontales- En el documento sindical no se reclama lo que desde mi punto de vista es una necesidad urgente: una nueva ley de descentralización productiva –que aborde, también, los supuestos de deslocalización-.
Nuestro modelo de relaciones laborales parece una evidente esquizofrenia, en tanto que regula un modelo de obligaciones laborales de los trabajadores de altas dosis de flexibilidad –uno de los más flexibles de Europa-, pero sin embargo sigue estableciendo unos modelos de organización del trabajo y de dependencia de las personas asalariadas claramente fordistas. No estaría de más recordar –lo que no hacen las propuestas sindicales- que la flexibilidad sólo puede ser entendida en sentido bilateral y que la maleabilidad del contenido contractual no sólo debe obedecer a motivos productivos o de organización del trabajo, sino también a las necesidades personales, sociales o familiares de los trabajadores. Y, en paralelo, habrá que pensar también en adaptar el sistema de organización del trabajo fordista y jerarquizado a otro más horizontal y que establezca una mayor democracia interna en los centros de trabajo.
Nuestro modelo de relaciones laborales sigue desconociendo la innovación tecnológica –en relación con su impacto en la prestación laboral, su uso personal y sindical por motivos extraproductivos, el teletrabajo, las necesidades formativas, la participación sindical, etc-, porque sigue anclado en el paradigma fordista. Y tampoco nada se dice en el documento de CCOO y UGT.
Pese a que la actividad de las empresas cuesta cada día más dinero a los ciudadanos, existe un mayor impacto medioambiental de dicha actividad y cada vez más se traspasan a los consumidores fases productivas, nuestro modelo de empresa sigue siendo cerrado y ajeno a la sociedad que la rodea. Y éste un aspecto sobre el que el modelo de participación sindical en la empresa tiene un papel trascendente. Y tampoco nada se dice al respecto en el documento sindical.
Nuestro modelo de cobertura social está disgregado en múltiples instituciones (la propia Seguridad Social, mejoras voluntarias, fondos y planes de empleo, la formación ocupacional, las políticas activas de empleo, inserción laboral, ayudas económicas y bonificaciones para la creación de empleo y autoempleo, las tutelas de las personas discapacitadas en la LISMI, rentas de inserción, asistencia social, protección de la dependencia, etc) faltas de articulación interna. Ciertamente el documento sindical conjunto aborda variados aspectos en relación con la cobertura de la situación de desempleo y otras medidas de fomento del empleo. Sin embargo, quiero destacar que lo hacen como medidas urgentes de intervención ante la crisis económica, no en un planteamiento renovador de fondo. No es extraño así que el Gobierno haya optado por esa monumental chapuza que es el Real Decreto Ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el programa temporal de protección del desempleo e inserción, creando una prestación no contributiva de desempleo transitoria con efectos 1 de agosto pasado. Pero, ¿no ha llegado el momento de pensar en una integración articulada de todas las medidas de protección social que supere la noción de simple previsión social pública e integre un marco de derechos sociales de ciudadanía?
Y, finalmente, nuestro modelo de negociación colectiva no sólo está escasamente articulado, como se afirma en el documento sindical; también está obsoleto, por su incapacidad para establecer mecanismos ágiles de adaptación a “lo nuevo” y convertirse en mecanismo de igualdad entre las partes y entre el propio colectivo asalariado.

Desde mi punto de vista, todos esos aspectos son carencias importantes y significativas de nuestro modelo de relaciones laborales, que arrastramos desde hace tiempo, demasiado tiempo. Y quizá podrá aducirse que esas cuestiones son estratégicas o un “programa de máximos”, que no toca ahora abordar por la situación de crisis económica y sus efectos sobre el empleo. Ya se sabe: la máxima jesuita de “en tiempos de tribulación, no hacer mudanza”. Pero creo que ese posibilismo es un error de calado por parte del sindicalismo. En efecto, o se aprovecha la actual situación para situar esos aspectos estratégicos o cuando vuelvan las “vacas gordas” –que tardarán, más allá de los famosos brotes verdes- se volverá a la misma inercia anterior: ¿qué mejor momento que el actual para dar el golpe de timón en la estrategia sindical fosilizada desde hace mucho tiempo?. Quizá deberá recordarse que en los buenos tiempos de crecimientos económicos significativos también fue precisamente el empleo la gran justificación sobre la que se articularon gran parte de las disgregaciones del colectivo asalariado.

Por otra parte y como intuición personal: cada vez me parece más claro que ese lugar común del “cambio del modelo productivo” se articula sobre bases erróneas. Para que dicho desiderátum sea una realidad es preciso, previamente, modificar el modelo de relaciones laborales –y, en consonancia, el modelo de cobertura social y el sistema de formación-. Si ahora sólo se ponen parches en el futuro, cuando se supere la crisis, se volverá a las famosas “dos T” (Turismo y Tocho) como motor de la economía española.

Por eso no puedo callar mi crítica a las propuestas sindicales: no hay nada nuevo en ellas, lo que diferencia su postura de la patronal. Ciertamente, se me podrá aducir que doña correlación de fuerzas es la que y que don neoliberalismo obliga. Pero personalmente estoy convencido de que difícilmente se puede negociar en buenas condiciones con alguien que propugna “cosas nuevas” –aunque disparatadas desde un punto de vista democrático- ofreciendo simples “parches” del modelo actual. Si el sindicato –y las izquierdas- son incapaces de romper el nexo con la cultura fordista y sigue siendo esclavo del pacto welfariano (aspectos que la derecha ha superado hace tiempo) no será nunca capaz de ofrecer un discurso alternativo y, por tanto, de generar esperanzas emancipadoras a los ciudadanos. Luego, no nos quejemos…

Y, en fin, pido disculpas a mi hipotético lector por tanto exabrupto y tanto cabreo. En mi defensa sólo puedo alegar que he pasado unos días pensando al revés por los motivos antes expuestos. Seguramente ya se me pasará.


09 August 2009

EL DEBAT SOCIAL SOBRE LA FLEXIGURETAT I EL SEU IMPACTE EN LA CRISIS DEL DRET DEL TREBALL




Miquel Àngel FALGUERA BARÓ
Magistrat especialista (Sala del social TSJ Catalunya)
Professor associat de Dret del Treball i Seguretat Social UPF


1. Què coi és la flexiguretat?

Sovint tinc la impressió que la “flexiguretat” s’ha convertit en el món de les relacions laboral, especialment a Europa, en una mena de mantra: tothom el conjura quan es tracta d’abordar allò que des de ja fa un bon grapat d’anys es coneix com a “crisi del Dret del Treball” (és a dir, la crisi del model fordista de relacions laborals i la seva regulació).
No obstant, és un terme confús, tant pel seu propi contingut, com pel seu ús per les diferents opcions socials. Fins i tot la pròpia paraula (un neologisme anglosaxó, tot i que el seu origen es troba en l’ordenació danesa i en les reflexions del sociòleg holandès Andiaansens) és també equívoca, atès que en ocasions sentirem parlar de “flexiseguretat” i, d’altres cops, de “flexiguretat”
[1]. No deixa de ser sorprenent, d’altra banda, que la parauleta sigui invocada tant per gent políticament de dreta, com d’esquerra.
La flexiguretat té un contingut clarament ambivalent, doncs pot ser emprada per designar diferents polítiques reguladores de les relacions laborals. Resumint, es pot parlar en principi (amb tota la simplificació que es vulgui) d’una accepció (i d’un contingut) que podríem qualificar com “macro” i d’una altra, com “micro”. O, si es prefereix, d’un significat relatiu a les polítiques estatals o comunitàries d’ocupació i d’un altre atenyent al contingut del règim d’obligacions i drets del contracte de treball en el marc de la nova realitat productiva.
Potser un dels grans laboratoris d’idees que ha desenvolupat amb major insistència la idea de la flexiguretat sigui la Fundació per a la Millora de les Condicions de Vida i de Treball (l’Eurofound comunitària amb seu a Dublin): si es busca en la seva web (
http://www.eurofound.europa.eu/) el terme “flexicurity” es poden trobar més de tres-cents documents que hi fan esment. No obstant, en general aquests estudis aborden la qüestió des d’una perspectiva dual. D’aquesta manera el concepte aquí analitzat integraria ambdues vessants, atès que es tractaria d’adaptar el mercat laboral als canvis productius i socials produïts en els darrers temps. La flexiguretat, així, abastaria –a nivell “macro”- les polítiques estatals de desenvolupament d’un nou Welfare condicionat a les profundes mutacions de les aspiracions i les necessitats econòmiques de les persones i els Estats –que serveixi per superar la pervesa lògica del denominat workfare-. Des d’aquesta perspectiva es tracta de dotar a les persones assalariades d’ingressos públics, especialment relacionats amb reciclatge i formació professionals, en aquelles etapes en les que no tinguin feina, partint de la constatació que el model anterior d’estabilitat en l’ocupació ha finit. D’altra banda, des de la vessant “micro”, es tracta d’abordar un nou marc regulador del contingut de la prestació laboral entre treballador i empresari, en una nova etapa “postfordista”, permetent unes relacions laborals més adaptades als canvis productius en clau garantista per a la persona assalariada i amb forta participació en els àmbits decisoris empresarials. No ens trobem, en conseqüència, davant d’un concepte dual, sinó únic, per bé que amb vàries facetes.
No deixa de ser preocupat, dit l’anterior, que el debat sobre la flexiguretat hagi tingut a l’experiència catalana i la de tot l’Estat espanyol, un impacte molt limitat, si més no en el terreny propositiu dels diferents governs i dels agents socials. Així, el vigent Acord Estratègic per a la internacionalització, la qualitat de l’ocupació i la competitivitat de l’economia catalana (2008-2011) no té referències directes sobre la figura analitzada (per bé que sí indirectes), com ja ocorria amb el seu precedent. Una major concreció d’una noció dinàmica de flexibilitat és apreciable a l’Acord Interprofessional de Catalunya 2005-2007, tot i que sense abastar els termes concrets de la flexiguretat. En l’àmbit estatal, l’Acuerdo Interconfederal de Negocación Colectiva de l’any 2007 sí conté referències expresses a la flexibilitat i a la seguretat en el treball, per bé que en una concepció genèrica i certament aproximativa.

2. El Llibre Verd de la UE: un concepte de flexiguretat en clau neo-lliberal

És cridanera aquesta omissió reflexiva a casa nostra quan actualment una de les línies de treball més avançades de les polítiques comunitàries en desenvolupament d’allò que es coneix com a “estratègia o procés de Lisboa” (que res té a veure amb el posterior Tractat del mateix nom) és precisament l’establiment de mecanismes de flexiguretat, ateses les competències de la Unió en matèria d’ocupació. Cal recordar que el Tractat d’Amsterdam dotà l’UE d’atribucions en l’expressat aspecte ocupacional. I per bé que aquest àmbit competencial fou atorgat a nivell de simple coordinació, la tradicional “vis expansiva” del dret comunitari ha significat tant un augment efectiu de l’àmbit d’actuació supraestatal com, allò que és més significatiu als efectes que aquí analitzem, una extensió en relació als marcs estatals reguladors de les relacions laborals (per tant, al Dret del Treball local, en principi, llevat certes puntuals excepcions, immune al dret comunitari)
D’aquesta manera, la Comissió Europea va presentar al mes de novembre de 2006 (existint antecedents d’altres documents al respecte) el denominat “Llibre Verd per a la modernització del Dret laboral per fer front als reptes del segle XXI”
[2], que contenia una part de certes reflexions prèviament efectuades per una comissió d’experts sobre l’adaptació de la flexiguretat. L’esmentat document formulava una sèrie de preguntes, sol·licitant-ne la resposta als agents socials i als diferents Estats. Amb posterioritat, han seguit aquest camí diferents informes sobre el tema de diverses instàncies comunitàries (especialment, l’informe de la Comissió sobre flexiguretat de juny de 2007[3]), així com nous informes d’experts[4].
I aquí es va obrir la capsa dels trons. De cop i volta, la flexiguretat –que fins aleshores s’havia mogut més en el terreny econòmic i sociològic o en el debat de les idees- impactà en l’abaltit Dret del Treball (si més no, en la nostra concreta experiència). I ho feu d’una forma qualificada, atès que no era un debat sorgit des del dia a dia de les relacions laborals sempre mutants (el què el mestre iuslaboralista Umberto Romagnoli qualifica com les “miscrodiscontinuïtats” de la nostra disciplina), sinó que venia imposat per dalt, per tenir origen comunitari.
Els trets expositius fonamentals del dit Llibre Verd poden ser resumits a partir dels següents resumits paràmetres: a) existència en el mercat laboral europeu de dos col·lectius de persones assalariades clarament diferenciats (els “insiders” o treballadors amb plenes garanties legals, convencionals i contractuals, i els “outsiders”, que es mouen en les zones grises del Dret del Treball o fora de les seves tuteles: precaris, atípics, temporals, contractats a temps parcial, autònoms dependents, etc.); b) efectes negatius que per a l’economia i la competitivitat europea té aquesta divisió; i c) necessitat d’articular polítiques socials que donin major cobertura als sectors més desprotegits i que, d’altra banda, comportin majors tuteles per a les persones desocupades, a través de l’articulació de mecanismes de transició i formació ocupacional.
Certament, és aquest un diagnòstic amb el qual molts estudiosos de les relacions laborals en sentit ampli podem estar d’acord. El problema de fons és que el Llibre Verd (i en menor mesura, el posterior informe de la Comissió) no es limitava a formular inquietuds i diagnòstics, sinó que també oferia mesures terapèutiques. I ho feia des d’una perspectiva que hom pot ser qualificada com clarament neo-liberal.
Així, per tal de lluitar contra la dualització del col·lectiu laboral es proposava una tendència a la baixa dels drets dels treballadors més protegits. A nivell macro s’articulaven una sèrie de mesures que, a la pràctica, suposaven el traspàs de les quotes de l’empresari en matèria de Seguretat Social i cost de l’acomiadament a l’Estat i al finançament fiscal, via prestacions substitutòries i formació a càrrec de la despesa pública. I, alhora, pràcticament no contenia cap consideració en relació als drets dels treballadors respecte les noves formes d’organització del treball, ni tampoc als mecanismes de participació en la presa de decisions (el nivell que abans hem qualificat com “micro”).
Sens dubte, com s’ha destacar per múltiples autors, el Llibre Verd és un document en clau economicista, de tal manera que, des de la dita perspectiva, se’ns diu als iuslaboralistes cóm ha de ser un futur de la nostra disciplina. I és obvi que aquest sotmetiment del Dret a l’Economia es fa des de la perspectiva més estrictament acadèmica hegemònica i, per tant, clarament imbuïda del discurs neo-liberal. D’alguna manera el Llibre Verd venia a afirmar –fins i tot en forma expressa- que les tuteles del Dret del Treball als assalariats “tipus” comportaven desigualtats i afectaven negativament l’economia. Res de nou si bé es reflexiona: atacs similars els hem patit els iuslaboralistes en tot el debat comunitari sobre la Directiva Bolkestein, o de modificació de la Directiva 2003/88/CEE sobre ordenació d’horaris de treball (coneguda com la de les 65 hores) o la Directiva 2008/115/CEE (anomenada Directiva del Retorn o de la vergonya) Com també hem patit les funestes conseqüències que la manca de regulació dels drets col·lectius en l’àmbit comunitari –negociació col·lectiva, vaga, conflicte col·lectiu- ha tingut en recents pronunciaments del TJCEE que han fet prevaler el dret empresarial al lliure establiment (Sentències Viking-line, Laval i Rüffert)


3 La crisi del Dret del Treball

Proposo al lector d’aquestes línies un exercici de serenitat: oblidem ara el contingut propositiu del Llibre Verd i els informes posteriors de la Unió en matèria de flexiguretat. Ja sé que pels iuslaboralistes és aquesta una hipòtesi difícil, atès que els atacs que allà hem patit encara couen. Però fet aquest exercici –transitori- d’oblit, forçosament sorgeix una pregunta: és que per ventura el diagnòstic d’un mercat de treball dualitzat no és cert? I, alhora: ¿no és veritat que ens costa molt adaptar-nos als canvis del món laboral?. Per molt que ens dolgui, si hem de ser honestos, haurem de donar una resposta positiva. En definitiva, reconèixer aquestes mancances no és res més que acceptar allò que és obvi: la denominada “crisi del Dret del Treball”
Una crisi que, segons el meu parer, s’ha de cercar en tres orígens, tots ells interconnectats, a saber: 1) allò que podríem caracteritzar com la davallada de l’anhel igualitari de la dita disciplina per la segmentació de les persones que concorren al mercat de treball; 2) l’impacte de les noves formes de treball i d’organització del treball; i 3) el trencament del gran pacte social welfarià.


3.1 La crisi del concepte d’igualtat en el Dret del Treball

En relació a la segmentació dels col·lectiu salarial, és fa precís ressenyar que fa ja molts anys que el paradigma igualitari del Dret del Treball s’ha fet miques. El seu trencament és observable almenys en tres nivells:
a) Generacional (la temporalitat, la precarietat i les dobles escales salarials que castiguen als més joves, la jubilació forçosa pactada en conveni i les prejubilacions pràcticament forçoses sovint en grans empreses amb guanys en relació a les persones assalariades de més edat) Val a dir que en aquest nivell la justificació generalitzada pel tracte diferent per raó de l’edat ha estat sempre la política d’ocupació, fins i tot –com no fa massa- en èpoques de vaques greses.
b) Subjectiu, respecte els diferents col·lectius que han anat accedit al món assalariat aportant les seves singularitats (dones, estrangers, discapacitats, sector serveis, etc.), que han canviat l’orografia del col·lectiu de persones que treballen. No obstant, aquest canvi subjectiu ha comportat també, com és notori, diferències contractuals significatives “a pitjor” per a aquests col·lectius.
c) Objectiu, respecte les causes pròpies del nou sistema d’organització de l’empresa i la gestió de recursos humans en allò que es coneix com flexibilitat i sobre el què posteriorment reflexionarem (descentralització productiva, creixement de les denominades “zones grises del Dret del Treball”, com ara autònoms –reals, falsos assalariats o TRADES-, increment de noves relacions laborals especials que s’escapen de la tradicional regulació de l’assalariat “tipus”, aparició de noves realitats com les empreses multiserveis, cooperatives d’autònoms o societats civils de matriu laboral, etc.) Les persones afectades per aquesta descentralització tenen unes condicions contractuals clarament diferenciades –i no precisament per milloria- dels assalariats de l’empresa que descentralitza.
Forçosament tindrem que reconèixer que el panorama actual està cada cop més distant de l’anhel igualitari de l’original Dret del Treball, que tingué la seva màxima expansió en els anys “feliços” del matrimoni entre el Welfare i el fordisme (el què determinà, també, la constitucionalització de les nostres institucions). Cal recordar, en aquest sentit, que el Dret laboral és la disciplina jurídica més republicana. En efecte, en cap altra vessant del Dret trobarem com aquí la concurrència de la vella triada de Robespierre (llibertat, igualtat, fraternitat) Per tant, les idees centrals de la Il·lustració. Fa un segle ens varem emancipar de l’antiga metròpoli civilista, precisament perquè el Dret Civil es basa únicament en la llibertat contractual de les parts. I era evident que aquesta llibertat sense més límit que la Llei casava malament amb el marc de les relacions laborals, atès que la posició contractual entre treballador i empresari no és igual, en existir sotmetiment i dependència del primer al segon. En definitiva, la vella paradoxa de Karl KORSCH (“el treballador és lliure per signar un contracte laboral, però un cop ho ha fet, perd la seva llibertat”) Es per això que la dita disciplina regulà elements essencials d’igualtat formal de tipus col·lectiu que conformen en seu ADN constitutiu i que no es poden observar en cap altra especialitat jurídica. El dret a la llibertat contractual està constrenyit en el iuslaboralisme pel dret a la igualtat. Fins i tot, la pota oblidada de l’esmentada triada republicana –la fraternitat o el “dret a la felicitat” dels vells pares constituents nord-americans, per tant, el dret dels ciutadans a que la societat els garanteixi el seu ple desenvolupament com a ciutadans lliures i iguals- es pot apreciar oculta en el Dret del Treball, en institucions com el nivell assistencial de Seguretat Social, rendes d’inserció o ciutadania, etc.
No obstant, aquest anhel igualitari i fraternal patia d’alguns defectes. En primer lloc, era un concepte d’igualtat que podríem qualificar de “taula rassa”, per tant, una “igualtat homogenitzadora”, que desconeixia la diversitat. En els bons temps passats encara no havia esclatat el moviment de drets civils dels anys seixanta i, en conseqüència, no sabíem encara que l’autèntic concepte d’igualtat es basa en el tractament desigual entre els desiguals. D’altra banda i en íntima relació amb l’anterior “pecat de joventut”, escau observar que qualsevol judici d’igualtat comporta forçosament un element de comparació entre diferents col·lectius. Doncs bé, el concepte tradicional d’igualtat del Dret del Treball es basa, per definició històrica, en allò que abans hem caracteritzat com a “treballador tipus” (per tant, assalariat nacional, “blue collar”, amb feina indefinida, sector industrial, amb ofici i carrera professional, torn fix, home, aliè a les tasques de la llar i la cura de fills i demés familiars, etc.) Així, sobre aquest paradigma es construí allò que en el Dret social es coneix com “l’interès col·lectiu”. D’aquesta manera, les aspiracions d’aquests treballadors tipus –certament majoritaris en els bons temps- s’acabaren convertint en un interès col·lectiu únic, que amararà a les lleis, a la jurisprudència i, molt especialment, a la negociació col·lectiva.
Els canvis en l’orografia assalariada no han anat acompanyats de novacions d’aquest interès col·lectiu. Les lleis, els convenis i la resta de regulacions segueixen pensades, encara, sobre les aspiracions del “treballador tipus”. I és aquí on apareix el problema: la segmentació de les persones que treballen no seria greu si no fos perquè el marc regulador aplicable i la lògica conformadora del Dret del Treball pràcticament no contempla les singularitats dels “diversos”. I ocorre que el “treballador tipus” tot i que encara és majoritari, és hores d’ara molt menys majoritari.

3.2 El canvi del model productiu

El segon origen de la nostra crisi rau en allò que podríem caracteritzar com el passi del model productiu fordista al model de la flexibilitat. Els canvis experimentats en les maneres i formes de produir en els darrers vint anys poden ser resumits a partir dels següents paràmetres:
a) En els instruments de producció, per l’enorme impacte de la revolució tecnològica. Aquest canvi no només comporta un increment i una variació constant dels coneixements laborals, sinó que també exigeix una constant adaptació tant dels treballadors com del propi empresari i del centre de treball. L’impacte social de la implementació informàtica no es limita només a la forma de pensar de les persones: ha dinamitat també en gran mesura una multitud de conceptes fins ara immutables, com ara la divisió social del treball, l’estratificació entre l’espai fàbrica i la vida privada del treballador, etc
b) En la forma funcional de producció: el sistema productiu lineal anterior ha estat substituït per un model oscil·lant determinat prèviament per la demanda. Ha de constatar-se que el paradigma de fabricar continuadament el major nombre de peces en el menor temps possible (el desideràtum dels senyors Taylor y Ford) per a la seva posterior venda, té ara una altra lectura:es fabrica allò que prèviament s’ha venut.
c) En la forma d’organització de l’empresa, respecte la producció, en perdre’s la voluntat universalitzadora del centre de treball que ha caracteritzat el fordisme i el taylorisme. En l’actualitat, com és perfectament conegut, la tònica general és la descentralització en la producció de matèries i la prestació de serveis, l’”empresa federal”. La macro-empresa piramidal i jerarquitzada –des d’un punt de vista intern organitzatiu- passa a ser substituïda per l’”empresa-xarxa”, constituïda per un nombre creixent de micro-empreses interrelaciones o, fins i tot sovint, sense relació aparent entre elles. És aquest un fenomen que, a més, convergeix amb allò que es coneix com a “globalització” –productiva-, el que dóna lloc a la coneguda “deslocalització”, per la pròpia fragmentació del procés productiu o la prestació del servei.
d) En el propi contingut del contracte de treball. El canvi productiu ha afectat –com no podia ser d’altra manera- la pròpia essència del contracte. D’aquesta manera el model contractual que fins no fa massa podia ser caracteritzat com a estàtic o horitzontal, de tal manera que les clàusules que conformaven les obligacions contractuals dels treballador eren relativament estanques en el temps amb voluntat de permanència, ha evolucionat cap a un model molt més dinàmic, en constant modificació i amb aparició diària de noves exigències i requeriments. L’estàndard fordista del treballador que començava la seva vida professional com a aprenent amb un determinat horari o torn (que mantenia pràcticament immutable al llarg de la seva vida laboral) i que acabava la seva vida laboral a la mateixa empresa com a oficial especialitzat en el mateix ofici (respecte la base de l’increment de coneixements pràctics que significa la constant repetició de moviments o concrets coneixements d’una quasi bé sempre estàtica tecnologia) està essent ràpidament enterrat pels nous mètodes i les formes de produir.
Aquests canvis estan afectant, com resulta notori, pràcticament tots els aspectes que el Dret del Treball regula (la figura de l’empresari, modalitats contractuals, salari, promoció i enquadrament professionals, temps de treball, modificacions de les condicions contractuals, acomiadaments, formació professional, successions i subrogació d’empreses, així com l’efectivitat de les nostres institucions col·lectives) Dos exemples paradigmàtics per provar-ho. D’una banda, la pèrdua d’efectivitat de la vaga en una empresa altament tecnificada, de tal manera que la suspensió de la prestació laboral pràcticament no té cap impacte en la producció o el servei. D’ altra, la inexistent regulació del fenomen de la descentralització productiva, el que comporta que els jutges del social hagin de recórrer a institucions com el règim de contrates i subcontrates en relació a la cessió il·legal de treballadors –i en ocasions a la successió d’empreses- per intentar donar respostes a les reclamacions dels treballadors que veuen afectats drets consolidats. Institucions com les citades que foren creades fa més de mig segle per a realitats molt diferents a les actuals.
En conseqüència, el iuslaboralisme adapta les seves institucions a allò que es nou. Però no aplica la lògica del “bon vent i barca nova”, tot i el profund canvi produït. I això té efectes evidents en el propi contingut dels drets de les persones assalariades, atès que els poders de direcció empresarials –de clau fordista- resten immunes. En altres paraules: la flexibilitat només opera en una direcció –cap al treballador-, quan en bona lògica hauria de ser bidireccional. Per seguir amb l’exemplarificació: en la nostra ordenació l’empresari pot disposar d’una certa part del temps de treball per necessitats productives –la qual cosa és lògica, tenint present les mutacions funcionals de la producció-; no obstant, la persona assalariada no pot fer el mateix per raons personals o familiars (més enllà de genèriques declaracions sense contingut efectiu que es contemplen a la Llei Orgànica d’Igualtat) Més exemples: els canvis tecnològics determinen que els treballadors realitzin tasques que superen, amb molt, la simple repetició de moviments anteriors (l’ominosa metàfora del “goril·la ensinistrat” de l’enginyer Taylor), fins i tot prenent directes decisions no jerarquitzades sobre concrets aspectes; tanmateix, aquesta producció més horitzontal no va acompanyada d’una forma de relacions laborals menys autoritària o vertical que sota el fordisme. Ítem: les noves tecnologies determinen una molt major productivitat, un major control sobre el treball i la persona del treballador i, en molts casos, un increment efectiu del temps de treball. Ara bé, l’empresari acostuma a negar l’ús de les noves tecnologies dels instruments informàtics productius per finalitats personals dels assalariats fins i tot a efectes de comunicació no vinculada amb el treball –inclús pel que fa al sindicat o als organismes de representació-.
Ens trobem, per tant, davant una evident paradoxa: mentre que les obligacions dels treballadors han mutat significativament, el poder de direcció empresarial es continua regint per la lògica jerarquitzada i ademocràtica fordista.

3.3 El trencament del pacte social welfarià

El Dret del Treball es constitucionalitza i abasta la seva màxima expressió sota el Welfare. I escau recordar que l’Estat del Benestar no sorgeix a Europa o a l’hemisferi nord americà del no-res o de la bona voluntat de les classes dominants en la post-guerra. L’esforç bèl·lic de milions de treballadors i, especialment, l’existència d’una perill real per a les classes dominants de les democràcies capitalistes occidental per l’existència dels denominats “països de socialisme real”, són les claus que conformen aquell pacte social. D’aquesta manera, l’Estat es converteix en garant dels drets dels treballadors, tant a través de l’articulació de mecanismes de participació significatius dels sindicats en el terreny econòmic i social, com a través d’una política de rendes que incrementa la participació de les classes més febles en el pastís de la riquesa. No obstant, aquest acord té també contrapartides pels assalariats i les seves organitzacions. Per una banda, es delimiten fronteres, de tal manera que el Dret del Treball tendeix a concretar-se en cada Estat, sense possibilitat d’internacionalització (la regulació del contracte de treball es converteix també en un mecanisme de competència amb la producció d’altres països). D’altra –i més significativa-, els assalariats i les seves organitzacions renuncien a discutir el poder a l’empresari en el centre de treball (allò que havia estat el gran conflicte entre classes, especialment en el període d’entreguerres) L’empresa es converteix així –tot i el seu costa social- en una mena d’ens autista respecte la societat, una espècie de ghetto en el què regeixen regles no democràtiques de poder, sense que ningú discuteixi la capacitat empresarial de produir allò que es vulgui i com es vulgui.
El triomf de la ideologia econòmica i política neo-liberal, així com la desaparició del “perill roig” després de la caiguda del Mur, significa que les classes poderoses denunciïn el vell contracte social (doncs cap servei els hi fa ja) Es més, la dita doctrina nega (si més no, molts dels seus ideòlegs) que la igualtat i la fraternitat siguin elements de civilitat, atès que impedeixen la competència entre els ciutadans, el què és una rèmora per al desenvolupament econòmic per la baixa productivitat que significa tenir assegurades determinades garrofes (la qual cosa es contraposa amb el seu desideràtum de la “societat del risc”).
És per això que el Dret del Treball es situa –“malgré lui”- en l’ull de l’huracà d’aquest debat ideològic, doncs –com hem vist- el seu valor central és la igualtat. El neo-liberalisme ens veu com una mena de tap que impedeix la llibertat contractual entre empresari i treballador, doncs la nostra finalitat –compensar les situacions desiguals entre els firmants del contracte- la considera ahistòrica. El mateix caldria dir del sistema de Seguretat Social, del qual s’advoca per la privatització i, per tant, per la fi d’un efectiu mecanisme de solidaritat social i intergeneracional, i la seva substitució per l’estalvi personal a mans d’entitats que persegueixen el lucre. Em permetrà el lector una constatació capciosa: cada dos o tres mesos apareixen als medis de comunicació anàlisis que palesen la impossibilitat de pervivència futura del sistema de Seguretat Social. Res nou: fa trenta anys que hem dedico al iuslaboralisme i aquests estudis els he vist sempre. I res d’anàlisi asèptic: normalment la major part d’aquests documents estan finançats directament o indirecta per entitats financeres. I aquí ve la pregunta: per què no llegim mai a la premsa –al menys, en titular equiparables als que mereixen aquests estudis- la fallida de fons privats de pensions? Potser no està de més recordar que l’actual crisi econòmica ha deixat a un bon grapat de pensionistes nord-americans i d’altres països amb sistemes similars –afectant també significativament als experiments miltonians del Con Sud- sense ingressos o amb pensions significativament reduïdes. Una omissió informativa que, potser, no pot ser més que qualificada com un misteri del liberalisme...
En tot cas, aquesta ofensiva ideològica té un evident impacte en el Dret del Treball en la mesura que li resta legitimitat social. Una altra raó –des del meu punt de vista, significativa- de la nostra crisi.


4 Hi ha una flexiguretat d’esquerres?

De les línies anteriors es desprèn, doncs, que la crisi del Dret del Treball té dues motivacions endògenes (el trencament del paradigma igualitari i la manca d’adaptació al canvi productiu) i una altra exògena (la fi del pacte welfarià i l’ofensiva neo-liberal)
Són freqüents en el món iuslaboralista els debats més o menys profunds respecte què fer en front el nostre actual i trist panorama. I he de confessar que –com també ocorre en el debat sindical o polític en relació al món de les relacions laborals- sempre apareixen dues postures enfrontades: d’una banda, els que podríem qualificar d’ortodoxes, partidaris de no tocar res i resistir a qualsevol preu; d’altra, els reformistes, que es decanten per sotmetre definitivament el Dret del Treball a l’economia i, en conseqüència, als interessos de l’empresa (de tal manera que fins i tot alguns iuslaboralistes italians proposen el retorn al Dret Civil i la fi de la nostra vida independent com disciplina)
He de confessar que personalment odio en forma especial aquesta darrera opció. El Dret del Treball és alguna cosa més que un instrument de regulació de la productivitat i la producció. En el nostre bagatge hi ha també una sèrie de valors essencials per a la convivència en el centre de treball –real o virtual- i unes tuteles històriques que deriven dels nostres valors republicans. Aquesta opció reformista no és, al capdavall, més que una negació dels nostres orígens, que oblida l’esforç i les lluites de generacions de persones treballadores per sortir de la misèria. I no és simple romanticisme, en la mesura que, com s’ha dit, d’allò que es tracta és de preservar els valors republicans, davant l’ofensiva neo-lliberal contra la civilitat en clau de neo-darwinisme social. Per molt que es vulgui, la profecia rifkiana sobre la fi del treball no s’ha complert –ni probablement es complirà mai en els termes en què es plantejà- i la immensa majoria de la població continua vivint del seu treball manual o intel·lectual per compte d’altri, sotmetent-se a relacions de dependència d’un empresari, públic o privat.
Tanmateix, tampoc els partidaris de la resistència em convencen. La seva lògica òbvia, en definitiva, les profundes mutacions que ha experimentat el col·lectiu assalariat i el sistema de producció, el què condemna el futur de la nostra disciplina a regular únicament als actuals treballadors-tipus (a punt de ser declarats espècia protegida), sense estendre les nostres tuteles a les noves realitats. Per tant, a convertir-nos en un element de desigualtat dins el col·lectiu de treballadors.
És per això que personalment la idea de la flexiguretat se’m fa atractiva com possible solució de la crisi de la meva disciplina. No obstant, aclareixo ja des d’ara que la flexiguretat per la què advoco poc té a veure amb les nocions economicistes i sociològiques de moda. Més bé es tracta de la constatació de la necessitat de tornar a refundar el iuslaboralisme, per bé que sense trastocar els seus fonaments.
Des del meu punt de vista aquesta refundació passa per un retorn als orígens del Dret del Treball i, per tant, de retrobar els nostres anhels igualitaris, tot i que adaptats al nou panorama social i productiu. Si es vol, es tracta d’articular un discurs que podríem qualificar com “flexiguretat d’esquerres”. O es desenvolupa un concepte alternatiu de flexiguretat o l’esquerra perdrà el debat de les idees en relació al model productiu i les noves relacions laborals.
Si alguna cosa caracteritza l’actual moment és el dramàtic silenci del sector progressista de la societat en el terreny propositiu. Així, el neo-liberalisme continua enrocat en els seus axiomes immutables que podríem caracteritzar com reduccionistes (“menys estat”, “menys intervencionisme”, “menys impostos”, “menys drets col·lectius”, “menys solidaritat”, “menys igualtat”, “menys salaris”...), en un discurs que obvia les causes de l’actual crisi. Tanmateix, tot i la seva falsedat i egoisme, aquest discurs és propositiu: abaratir l’acomiadament, generalitzar la temporalitat a través del denominat contracte únic, reducció de la massa salarial i dels drets dels treballadors, etc.. Davant d’això, l’esquerra sembla incapaç d’articular cap mena de proposta alternativa, limitant-se a erigir-se en valedora d’un model social –el welfare- i un model de relacions laborals –el fordisme- que ja no són eixos centrals de la nostra societat.
Confesso que el desconcert de les esquerres m’indigna, com persona compromesa des de la joventut amb la igualtat dels ciutadans i les ciutadanes des d’una perspectiva jurídica (i és evident que si no he canviat quan he superat el mig segle de vida, no ho vaig a fer ara). Si el vell pacte social de postguerra a Europa ha estat denunciat i deixat sense efectes per les classes opulentes, ¿quin sentit té continuar demanant inútilment el seu compliment? Potser és més lògic oferir a la societat un nou paradigma igualitari que superi els vells llindars del caducat pacte social welfarià.
Des del meu punt de vista, aquesta nova proposta social progressista ha de passar per dos eixos centrals: la revalorització del treball com a valor central de qualsevol societat i la igualtat com a eix vertebrador de la societat cohesionada.
No deixa de ser cridaner que la cultura de l’esforç (del treball ben fet) s’hagi convertit –per exemple, amb Sarkozy- en un valor de la dreta. I això és nou, doncs tradicionalment –si més no, des de Marx- la consideració del treball com a eina d’autoemancipació ha estat sempre un valor d’esquerra.
No obstant, vull cridar l’atenció que una cosa és parlar en teoria de l’esforç personal en el treball i una altra, molt diferent, obviar a la pràctica el capitalisme productiu en benefici de l’especulatiu. Des de que l’actual crisi econòmica s’ha instaurant en els estats rics hem assistit a munt de cimeres internacionals que han pretès regular el mercat financer. Tanmateix, pocs d’aquests acords –per no dir que cap- han centrat les seves intencions en l’economia productiva. O, per exemple, en la necessitat de diferenciar allò que a nivell internacional es “treball” del què no deixa de ser simple “paraesclavitud”. El crack de l’economia actual ha significat un importat esmerç econòmic de tots els ciutadans en favor de bancs i grans fortunes, però ningú ha plantejat –ni tant sols els varis governs socialdemòcrates, com l’espanyol, que han participat en els diferents encontres del més alt nivell- la necessitat de regular un impuls de l’economia productiva en detriment de l’especulació i que el treball ha de ser substancialment lliure, amb reconeixement dels mecanismes interns en cada Estat dels sistemes que garanteixin aspectes bàsics de les persones assalariades.
No hi ha cap exemple històric de societat avançada pel seu temps que no s’articuli sobre el valor treball. Pel contrari, des de la “bombolla de les tulipes” –Holanda, segle XVII- ja sabem on ens porta el model capitalista basat en la simple especulació.
És per això necessari repensar els mecanismes relacionats amb la producció i el món de les persones que es dediquen a ella. Aquests universos constitueixen, a la fi, el model de societat.
Des d’aquest punt de vista –en relació al nivell “macro” de la flexiguretat”- potser ha arribat el moment de replantejar els mecanismes de previsió social habituals. Si es dóna un cop d’ull al nostre model –com ocorre amb la resta de països més econòmicament desenvolupats- es podrà comprovar com vivim en un sistema fragmentat: d’una banda, la Seguretat Social –d’arrel essencialment contributiva i, per tant, relacionada amb una prèvia activitat productiva, si més no en els anomenats models continentals, com el nostre-; d’altra, diferents i inarticulades polítiques formatives més o menys relacionades amb la formació per a l’ocupació. Al què s’han d’afegir rendes d’inserció o incentius –desestructurats i sense lògica interna- per a les persones discapacitades, polítiques d’ocupació de determinats col·lectius amb un nivell més elevat de desocupació, etc. Potser ha arribat el moment d’integrar totes aquestes polítiques en allò que podríem caracteritzar com a drets de ciutadania. És a dir, l’articulació d’un autèntica fraternitat, conforme els principis republicans. D’aquesta manera els ciutadans i les ciutadanes tindrien ple dret al seu propi autodesenvolupament com a persones lliures i iguals. Per tant, l’assegurament de l’obtenció d’ingressos públics que els garantissin la seva subsistència en front dels seus possibles estats de necessitat –el concepte tradicional de Seguretat Social-, però també la seva readequació formativa i professional davant un mercat laboral constantment canviant, la igualtat de les persones que tenen majors dificultats per accedir al món laboral o, almenys, uns ingressos mínims quan algú, pel motiu que sigui, es veu apartat del món productiu. Un pas transcendental, si es vol, en vers allò que és la renda bàsica de ciutadania, que superi l’actual fragmentació. Si bé es mira, la flexiguretat a nivell macro pot tendir cap aquí. Ocorre, però, que la lectura hegemònica del model –la neo-liberal- allò que significa és, en definitiva i com més amunt apuntava, un traspàs de la despesa empresarial en rendes salarials directes o indirectes al diners públics. I no és això: es tracta, pel contrari, d’incrementar la despesa pública com instrument de reconeixement de la fraternitat social. És obvi, no obstant, que la dita integració té un cost econòmic. El que determina, en definitiva, un increment fiscal. I bé?. Si es dóna un cop d’ull a les polítiques minimalistes de la despesa fiscal dels darrers vint anys es podrà comprovar que en cap cas han servit per incrementar la igualtat de rendes –més bé, tot el contrari- i que tampoc han servit per incrementar l’ocupació en termes qualitatius.
Amb tot, allò que més m’interessa és el nivell “micro” i, per tant, la resituació de la igualtat com element central de la ciutadania republicana en el món de les relacions laborals.
El test més significatiu des del meu punt de vista, és com es resitua la igualtat en el marc de les relacions laborals en aquest nou paradigma. Probablement perquè, com indiquen les veus més crítiques a l’actual model, no és el model productiu el que determina el sistema de relacions laborals, sinó a l’inrevés.
I és aquí on l’aspiració igualitària cobra major virtualitat. El model de relacions laborals postfordista i postwelfarià s’ha de caracteritzar, des d’una perspectiva d’esquerres, per ser més igualitari. I això comporta un anàlisi en dos nivells. D’una banda, en relació al propi col·lectiu assalariat. D’altra, respecte el vincle contractual entre empresari i treballador.
Pel que fa al dit primer nivell és del tot evident que allò que es tracta d’abordar és la necessitat d’acabar amb el mercat de treball segmentat o dual. Però no en clau de reformar a pitjor les condicions dels “insiders” –com proposa el Llibre Verd de la UE-, sinó tot el contrari.
Si tinguéssim que fer una mapa que tracés teòricament la situació dels col·lectius dependents del treball hauríem de descriure l’existència d’una metròpolis molt gran –el treballador-tipus- i una sèrie de territoris més o menys dispersos, als què s’aplica formalment la Constitució de la metròpolis (llegeixis la normativa estatal laboral o la negociació col·lectiva) per bé que no substantivament doncs romanen fortes diferències a la pràctica (dones, temporals, contractats a temps parcial, estrangers, discapacitats, treballadors i treballadores de petites empreses, persones assalariades de les empreses subcontractades, etc); altres zones tenen un estatus regulador diferenciat en major o menor mesura en tot o en part fora de l’àmbit d’aplicació d’aquesta metafòrica Constitució (personal laboral al serveis de les Administracions públiques, les múltiples relacions laboral especials, TRADES, etc) I, finalment, podríem trobar territoris de persones dependents que no s’inclouen en el mapa (autònoms, funcionaris i demés personal administratiu, etc) Ocorre que, com hem dit, la metròpoli ha perdut un pes significatiu, mentre que la resta de territoris han anat guanyat pes quantitatiu i qualitatiu. D’aquí que des del meu punt de vista és del tot necessari obrir un procés constituent que situï en paritat federal o confederal els diferents territoris i que articuli un règim de tuteles i drets en clau horitzontal. Per tant, passar de l’”Estatut dels Treballadors” –treballador tipus, en definitiva-, a l’”Estatut de les persones dependents del Treball”. Es tracta, així, d’establir quins són els drets essencials i comuns de les persones que ens guanyem la vida treballant per compte d’altri i de regular en forma particularitzada cada singularitat “territorial”. I posats a fer propostes “lege ferenda”, potser no està de més reclamar una norma especialitzada que cada cop sembla més imprescindible: una Llei de descentralització productiva que reguli quins són els drets individuals de les persones que presten serveis per a contrates i subcontrates en sentit ampli, en quins supòsits es pot recórrer a la descentralització, l’establiment de mecanismes de representació i negociació col·lectiva en les diferents empreses concorrents, les responsabilitats de les dites empreses, etc.
El mateix cal dir del model de negociació col·lectiva, doncs l’actual sistema centralitzat –en relació a l’empresa- i de model únic cassa difícilment amb el nou panorama.
És més, en relació als continguts de la negociació col·lectiva: el conveni i els acords d’empresa han de tornar també al seu objectiu igualitari i deixar la temptació d’incloure elements de desigualtat directa (amb l’eliminació de dobles escales, jubilacions forçoses, etc) o indirecta (a través de la transversalitat efectiva de la igualtat respecte el gènere, les persones que exerceixen drets relacionats amb la filiació o la família, discapacitats, estrangeria, etc)
Però, com s’ha dit, la recuperació del dret a la igualtat no ha d’operar únicament respecte els diferents territoris que conformen els diversos col·lectius de persones dependents del seu treball. També cal incidir –especialment- en un nou model de relacions entre empresari i treballadors, adaptat al nou model productiu i que, per tant, posi fi al sistema jerarquitzat i totalment ademocràtic del fordisme.
No deixa de ser curiós que el discurs actual sobre flexibilitat el realitzi fonamentalment la dreta i la patronal. Per bé que, certament, el sindicalisme ha anat assumint –si més no, en teoria- que el sistema productiu ha canviat, es mostra massa sovint incapaç de donar alternatives. D’aquesta manera s’està forjant un concepte de flexibilitat que fa especial èmfasi en el terreny extern (contractació temporal, acomiadament, etc) i poc en el terreny intern (flexibilitat bidireccional en el contingut de la prestació laboral) En altres paraules: de nou la dreta està guanyant el terreny de les idees.
Cal observar que el canvi de model –la flexibilitat- ha de ser qualificat –amb tot el simplisme que es vulgui- com a “neutre”. O, si més no, tant neutre com tots els altres canvis que històricament s’han produït en el terreny de la producció.
La flexiguretat hauria, per tant, de ser el nou model d’adaptació al canvi en clau igualitària i no en clau de precarietat. Es tracta de centrar el “quid pro quo” en un intercanvi d’acceptació de la flexibilitat productiva a canvi de contraprestacions que serveixin també per flexibilitzar el temps, el descans i la retribució dels propis treballadors, així com la implementació dels drets de ciutadania a l’empresa. En aquesta accepció, la flexibilitat no seria només unidireccional (en el sentit d’afectar únicament les competències decisòries de l’ocupador), sinó bidireccional (en incrementar-se el marc de decisió productiva del treballador, negociar-se en sentit més favorable el temps de treball, amb la implementació de determinades garanties en matèria salarial, etc.). I, en paral·lel, l’acceptació de la flexibilitat com a element “neutre” comporta que les capacitats empresarial d’implantació siguin discutides a l’empresa, articulant-se nous mecanismes de participació.
I en relació a aquesta darrera afirmació, potser cal pensar en una resituació del paper social de l’empresa. Certament, l’empresa és la cèl·lula econòmica bàsica de qualsevol societat capitalista i, per tant, l’empresari hi exerceix el seu dret a la propietat. No obstant, caldrà recordar que les empreses costen molts diners als contribuents (infraestructures, ajuts públics, impacte mediambiental, previsió de risc en el treball i dels estats de necessitat que poden tenir els treballadors com conseqüència de la seva activitat, etc) Al què escau afegir que la flexibilitat comporta un major esmerç societari (per exemple, per les noves necessitats de més formació de les persones assalariades) i que els nous instruments informàtics i d’organització empresarial determinen un traspàs de l’activitat empresarial vers al propi consumidor (per exemple: utilització de caixers automàtics, compres o consultes per Internet, etc) Per tant, si cada cop dediquem més diners a les empreses i cada cop els consumidors fem més feines que tradicionalment han fet les pròpies empreses, és obvi que s’ha de trencar la lògica empresarial anterior de “com l’empresa és meva, produeixo com vull i allò que vull”. Hauran d’articular-se nous mecanismes de control de les unitats productives i de participació societària en cóm es produeix i què es produeix, trencant l’autisme actual de l’empresa en relació a la societat en la què produeix o presta serveis.
I, finalment, potser haurem de començar a pensar en l’establiment de mecanismes internacionals de control i, en el seu cas, disciplinaris per tal que el treball sigui treball i no paraesclavitud. És a dir, l’existència de normes mínimes no disposables pels diferents Estats que determinin aspectes essencials com la lliure sindicació, la negociació col·lectiva, la igualtat i no discriminació per raó de gènere, el dret de vaga, prohibició del treball infantil, etc. De tal manera que el país que ho incompleixi pateixi el risc de sancions de la comunitat internacional. Vull observar, en aquest sentit, que si un concret Estat incompleix les normes de lliure comerç tindrà segurament represàlies econòmiques significatives per les organitzacions internacionals corresponents. En canvi, res impedeix a aquest mateix Estat la pràctica del dumping social a través de maquiles, per exemple, o, en els pitjors dels casos, mitjançant la negació del dret a la sindicació o l’esclavisme.
Hi ha una flexiguretat d’esquerres? Ho he intentat demostrar a través de les prèvies reflexions. Per tant, una proposta política i social que resituï la igualtat –i la fraternitat- com els elements característics del discurs d’esquerra. Proposta que, com es desprèn de les línies anteriors, passaria per una superació de l’actual marc de previsió social a través d’una integració de totes les institucions que actualment regulen els estats de necessitat dels ciutadans laboriosos, articulant un autèntic dret de ciutadania global –amb el conseqüent increment de la despesa pública-, un marc legal i convencional omnicomprensiu de les diferents realitats que conformen avui els diferents col·lectius dependents del treball, amb garanties mínimes de civilitat i transversalitat del dret a la igualat, un nou model de relacions laborals entre treballador i empresari que resituï un nou paradigma d’igualtat en les relacions entre ambdós subjectes i que comporti la bidireccionalitat de la flexibilitat com nou model productiu, la fi de l’autisme de l’empresa respecte la societat i l’establiment de normes mínimes socials en l’àmbit internacional.
Una proposta que superi en civilitat la simple llei de la jungla en favor dels més opulents i la distribució negativa de rendes que es deriven del discurs neoliberal i conservador.
Ja sé que es pot argumentar en contra que estem en època de crisi. I que, per tant, allò que importa “tout court” és la simple evolució de l’ocupació. Aquesta lògica –que, certament amara les esquerres governants- és des del punt de vista suïcida, perquè allò que comporta no és res més que legitimar l’actual estatus quo i, en conseqüència, el discurs neo-darwinista social hegemònic.
Caldrà recordar que –contra el que s’afirma per aquest pensament únic- no hi ha axiomes en economia. De fet, de la “crisi del 29” no es va sortir amb polítiques regressives, sinó tot el contrari. D’aquí sorgí l’Estat del Benestar, la constitucionalització del Dret del Treball, el reconeixement del treball com element essencial de ciutadania i un repartiment de rendes més igualitari.
Per tant, l’actual debat no ha de passar, des del meu punt de vista, per simples estadístiques econòmiques, sinó per la confrontació d’idees. Civilitat o barbarie. Democràcia o oligarquia. Res nou: ja Aristòtil hi feia esment.


[1] .- Fa ja tres d’anys que em vaig adreçar al TERMCAT sol·licitant quina era l’expressió correcta en català. Hores d’ara, si més no que se m’hagi comunicat, continuo sense resposta. No obstant, els dubtes lingüístic no són només propis, també passa en altres idiomes, fins i tot en la seva accepció anglesa.
[2] .- La versió anglesa del qual es pot descarregar a http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2006:0708:FIN:EN:HTML i l’espanyola a: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2006:0708:FIN:ES:HTML
[3] .- Versió espanyola a: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2007:0359:FIN:ES:PDF; versió anglesa: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2007:0359:FIN:EN:PDF
[4] .- Vegi’s “Flexicurity Pathways”, realitzat pel Grup d’Experts Europeus sobre Flexiguretat a: http://ec.europa.eu/social/BlobServlet?docId=1519&langId=en

02 August 2009

LA CEOE Y NOSOTROS TRAS LA RUPTURA DE LAS NEGOCIACIONES

El artículo de Antonio Baylos, CEOE Y DIÁLOGO SOCIAL: ¿UNA DECISIÓN SIN COSTES?, tuvo un comentario que por su interés reproducimos aquí. No es por casualidad que lo reproducimos aquí: está más que pensado. En un primer momento pensé que se trataba de un conocido dirigente sindical, llamado igualmente Julián. Mi sobrino Baylos me lo quitó de la cabeza y aclaró de quién se trataba. Yo respeto su discreción y, con mucho gusto, tras una asamblea de vecinos de la ciudad de Parapanda, queda incorporado a los hijos adoptivos de la misma. Lo que le da derecho a escribir, con nombre real o ficticio, en este blog. Pues bien, escribe Julián El Apóstata:





Aunque he dejado mi parecer en otro post, creo que el tema de esta página es muy apropiado. Ante todo me presento: Soy Julián el Apóstata (aunque no tanto), y sigo desde hace tiempo (estoy enganchado) este blog y los de Aparicio y Metiendo Bulla. Espléndidos. Pero voy a lo del diálogo social a ver qué te parece, Antonio (o mejor, Simón para que se lo digas a Antonio).Llevo un par de días dándole vueltas a la cosa. Of course, me abres definitivamente los ojos a la verdadera intención estratégica de la coalición popular-patronal: el desmontaje del modelo de concertación, aprovechando el viaje de las debilidades de la otra parte, que bien señalas.


No son tontos, su medición tiene riesgos pero creen que pueden jugar fuerte y hundir en la miseria uno de los ejes del modelo moderadamente social que todavía quedaban en España, sostenido por uno de los pocos gobiernos socialdemócratas, aunque tímidamente esto último por decirlo amablemente, que subsisten en Europa. Se intenta soltar así el lastre de la "paz social" que más o menos necesitaba hasta ahora el PP para llegar o mantenerse en el poder con bases añadidas de legitimidad social. Creo que las dinámicas de conflicto que apuntas para el otoño (supongo que coincidentes con la estrategia confederal) para torcer los objetivos de CEOE-PP (impulso de medidas sociales directamente desde el gobierno y presión en la negociación colectiva por el mantenimiento de los salarios) son necesarias, pero, en mi modesta opinión (que como pasa de vez en cuando no coinciden con las oficiales de "mi organización política"), se verán bloqueadas si no se consideran dos factores que entiendo claves para su viabilización.



En primer lugar, reactivar la presencia de los cuadros sindicales a pie de obra creando conciencia activa del conflicto como fuente de solución de problemas inmediatos de los trabajadores. Las dinámicas de desmovilización y desestructuración de clase son profundas y obviamente no voy a decir yo que se vayan a resolver de la noche a la mañana, pero al menos desde la dirección confederal y las uniones y federaciones hay que despegar el culo de la silla, no para pedir la "huelga general" al modo voluntarista de Cayo "et alia", pero sí para hacer sentir a la gente que el sindicato está ahí, con la gente, para defender sus derechos y dar algo de seguridad frente al terror empresarial (el otro día un buen amigo, afiliado a CCOO con un puesto respetable en una empresa privada con beneficios y muy "afín al sindicato", vivió desoladoramente el despido de 31 personas, entre las que él no estaba, sin que el comité de empresa de mayoría CCOO rechistara a una decisión sólo comunicada a éste, ni siquiera consultada ).



Por otro lado, tener en consideración que un exceso de proximidad al gobierno por parte del sindicalismo confederal, que proyecta a la opinión pública una apariencia de coalición sindical-gubernamental, no sólo me parece que debilita las posibilidades de gestionar el conflicto desde la autonomía sindical real, sino que también ofrece un flanco de ataque a los medios de la derecha económica y política, que tendrán mayor facilidad para la manipulación en el contexto de un clima de desafección política generalizada de grandes sectores de la población. Paralelamente, por tanto, creo yo, hay que presionar al gobierno, el conflicto tendría que canalizarse bidireccionalmente, obviamente con distinta intensidad, en la negociación colectiva, por un lado, y en la reivindicación al gobierno de un paquete de medidas socialmente avanzado, por otro. Frente a los que piensen que esto debilita al gobierno en un momento muy difícil y que, indirectamente, se beneficiaría al PP, yo entiendo lo contrario, el gobierno se afianzará socialmente, y lo poco que quedamos a su izquierda también, si toma algo de autonomía a su vez respecto de los grandes intereses privados, y para ello es necesaria una auténtica acumulación de fuerzas que gire en torno a un sindicalismo confederal sin ataduras ni auto restricciones.


¿Qué te parece?



16 June 2009

"EL JAZZ ERA DE IZQUIERDAS, LA ÓPERA PERTENECÍA AL ENEMIGO"

ENTREVISTA: LA ENTREVISTA DEL VERANO JOSEP LLUÍS LÓPEZ BULLA
'El jazz era de izquierdas, la ópera pertenecía al enemigo'

AGUSTÍ FANCELLI 04/08/2001 (El País)




Vázquez Montalbán lo encumbró como 'el enviado de Verdi a la Tierra', y lo cierto es que Josep Lluís López Bulla de ópera sabe un rato. Bajo la piel del sindicalista correoso y bregón, hoy diputado por Iniciativa per Catalunya-Verds en el Parlamento catalán, se esconde un alma de refinada cultura clásica, capaz de meter en una misma frase, impecablemente construida, a El Coyote y los sonetos de Petrarca.

Por pura coquetería, el secreto mejor guardado de la biografía de Josep Luis López Bulla es la fecha de nacimiento, aunque las fuentes más fiables apuntan al 25 de julio de 1943. De su Santafé natal, en la Vega granadina, viajó en el sevillano a Barcelona un día de agosto de 1965 y se empleó en una fábrica de Mataró (de ello ha dejado memoria en la autobiografía Cuando hice las maletas, editado por Península). Afiliado a Comisiones Obreras en esa época, en 1967 fue detenido y pasó un año y medio en el penal de Soria. Cada vez más implicado en la organización del sindicato, fue elegido secretario general de Comisions Obreras de Cataluña en 1976, cargo que mantuvo hasta 1995. En las elecciones autonómicas de 1999 fue segundo en la lista de Iniciativa per Catalunya-Verds, que encabezaba Rafael Ribó. Se ha casado dos veces y tiene un hijo.
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Pregunta. Debió sufrir lo suyo cuando a finales de los setenta la izquierda tiraba huevos a los burgueses que salían del Liceo.

Respuesta. Viví esos acontecimientos con pena, aunque no con perplejidad. Pasé la misma angustia que si un trabajador hubiera dicho 'Abajo el teorema de Pitágoras' o 'Me cago en la Divina comedia'. Pero, claro, a quien iban dirigidos esos huevos no era a la ópera, sino a unos señorones que encarnaban una cultura elitista a la que los demás no podían acceder.

P. En su ambiente, esa afición suya debía resultar altamente sospechosa de revisionismo.

R. Cuando mis amigos me preguntaban por qué me gustaba la ópera lo hacían efectivamente en voz baja, como si estuviera en pecado mortal. Me explicaban que para ser de izquierdas de manera cabal lo determinante era que a uno le gustara el jazz. Y yo entonces me ponía a defender a los grandes divos de la época, Franco Corelli, Carlo Bergonzi, Renata Scotto. Y ya de paso, para hacerles la puñeta, a Angelillo y Pepe Marchena.

P. ¿No tenía modo de reivindicar la tradición popular de la ópera en el siglo XIX?

R. Qué va. La ópera estaba asociada al enemigo y punto. Pero yo matizaba algo más. Los pequeños empresarios de Mataró con los que yo trataba no tenían nada que ver con la ópera, no era su mundo. Eso era más bien cosa de la gran burguesía ilustrada, que, por cierto, acostumbraba a ser pucciniana.

P. Vaya por Dios. Tengo entendido que Puccini no es santo de su devoción.

R. Para nada, y eso a pesar de mis orígenes italianos. ¿Sabe que el apellido Bulla procede precisamente de Lucca, ciudad natal de Puccini? El caso es que a Puccini le cogí manía de niño. Usted ya sabe que los forofos de la ópera somos estúpidamente sectarios. Yo estoy ahora superando esa fase, pero con Puccini no he podido. A mí me gusta en general el belcantismo, Rossini, Bellini, Donizetti... y Mozart, un caso aparte. Y, por supuesto, Verdi.

P. De Wagner, ¿nada?

R. Desde el principio me pareció un plato bastante indigesto, como si después de unos fideos viniera un chotillo a la campera, un plato granadino fortísimo.

P. ¿Cuándo pisó por primera vez el Liceo?

R. Me llevó Montserrat Roig, que en paz descanse, a una Lucia. Estuve todo el tiempo muy tenso porque pensaba que los cantantes no iban a llegar al agudo, de hecho yo me había refugiado en la seguridad de los discos. Montserrat se puso como una fiera y me exigió que dejara de escuchar discos, a ver si así me desintoxicaba.
P. Pero toda esa cultura, ¿a usted de dónde le viene?

R. De mi tío Ceferino Isla, que de hecho fue mi padre adoptivo. Tocaba el bombardino y el piano, de oído, y mi padre genético, la bandurria. Ese piano que había en casa, por cierto, lo habían requisado ellos junto a un comando de energúmenos mientras los moros de Franco se ponían ciegos de aguardiente en el bar Colón de Santafé.

P. ¿Y usted tocaba algo?

R. Yo acompañaba rascando con un tenedor una botella de aguardiente, de esas rugosas. Me hice experto en percusión.

P. En definitiva, creció usted en un ambiente culto.

R. En la Vega de Granada había un ambiente societario y cultural muy intenso, que Gibson ha reflejado en su biografía de Lorca. Mi tío Ceferino, que se inventó un pastel, el pionono, por cierto, citado en el célebre libro de cocina de Rondissoni, tiene una estatua en el pueblo. Pues bien, esa estatua no le retrata en el obrador, sino con un libro en la mano. Poseía una gran biblioteca, en la que había de todo: desde Platón y Racine hasta los hermanos Álvarez Quintero.

P. Y resulta que cuando usted viaja a Barcelona, el primer lugar donde duerme es en una biblioteca.

R. Pues sí, fue en la pensión Urbis, de Mataró, que regentaba una profesora de bachillerato. Las habitaciones estaban llenas y me alojó en su muy notable biblioteca. Había, por ejemplo, una gramática rumana que yo me puse a estudiar. Y practicaba con un limpiabotas legendario de Mataró que se apellidaba Olmedo, un tío rarísimo que hablaba inglés, francés, alemán, castellano, catalán y rumano. Cuando Poblet corría en el velódromo él solía actuar de telonero. Hacía cabriolas sobre la bicicleta, corría haciendo el pino...

P. Oiga, si le oye García Márquez todo eso se lo compra. Tras sus memorias, ¿no piensa escribir nada más?

R. Bueno, el libro fue un encargo y me costó mucho acabarlo. Pero si tuviera que escribir ahora, lo haría sobre un tío de mi madre que era cura. Un putañero reconocido, que en verano se dejaba crecer la coronilla y se iba a aliviar a Málaga. En cierta ocasión el cardenal, don Balbino Santos Oliveira, que era compañero suyo de seminario, le afeó la conducta: 'Oye, que me han dicho que visitas casas poco recomendables'. A lo que él le espetó: 'Balbino, como sigas por ahí diré que tú nunca entendiste el misterio de la Santísima Trinidad'. 'No me pierdas', fue todo lo que acertó a replicar el cardenal. Y ahí quedó la cosa.


08 May 2009

LLORENÇ SERRANO EN EL SENADO

DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES COMISIONES MIXTAS

Año 2009 IX Legislatura Núm. 53 Sesión celebrada el martes, 31 de marzo de 2009 en el Palacio del Congreso de los Diputados
Se abre la sesión a las doce del mediodía.El señor PRESIDENTE: Empezamos esta sesión de la Comisión Mixta no permanente para el estudio del Cambio Climático. Continuando con la línea de trabajo específico relacionado de una manera u otra con la economía verde, ya hemos tenido algunas comparencias en esta Comisión y hoy tenemos la del secretario de Medio Ambiente de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, a quien le agradecemos muy sinceramente el que haya querido compartir con nosotros esta sesión para conocer la posición y las opiniones de tan importante sindicato en un asunto no menos importante como el del cambio climático. Tiene por tanto la palabra el compareciente.
El señor SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE DE LA CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS (Serrano Giménez): En primer lugar, yo también quiero agradecer que consideren interesante la opinión de mi organización para abordar los temas de cambio climático. La presentación que les traigo es una presentación amplia, por lo que tal vez en algunos temas adolezca de profundidad y estoy dispuesto, en sus preguntas sobre los temas que les puedan interesar, a hacer mayores concreciones.Comisiones Obreras es una organización en la que hace mucho tiempo venimos trabajando sobre la hipótesis de que el cambio climático existe, que es un grave riesgo, que lo es por causas antropogénicas, y a partir de aquí empieza nuestro trabajo en el conjunto del movimiento sindical mundial.De acuerdo con lo que el sindicalismo internacional está defendiendo ahora, nuestro sindicato está fuertemente comprometido con el intento de que el incremento medio de la temperatura no supere los 2 grados centígrados. Nosotros estamos comprometidos en que la lucha contra el cambio climático aborde todos los aspectos de desarrollo sostenible que creemos menester y formamos parte de los grupos de trabajo más activos, tanto de la Confederación Europea de Sindicatos como de la Confederación Sindical Internacional. Por tanto, en Comisiones Obreras tenemos muchas esperanzas puestas en la futura Conferencia de Copenhague, insisto en que hacemos nuestros los objetivos señalados por el IPPC, el Panel Intergubernamental del Cambio Climático, asumimos como propios los objetivos de reducción de emisiones que se contienen en el paquete europeo que la Unión Europea ha elaborado, tanto el 20 por ciento, que ya se ha acordado, como la posibilidad de que esta reducción de las emisiones llegara a ser hasta del 30 por ciento en 2020 si hubiese un acuerdo con otros países desarrollados que permitiera avanzar en la mitigación del cambio climático.Como les decía, Comisiones Obreras, como parte del sindicalismo internacional, estamos muy esperanzados en la Conferencia de Copenhague.Para nosotros la importante novedad del cambio de la Administración de los Estados Unidos supone, está hoy en la prensa, un cambio de actitud importantísimo, tanto por las manifestaciones que se han hecho por su primer representante en las sesiones preparatorias de Bonn, que se están celebrando ahora, como por la convocatoria de una cumbre de países desarrollados que acaba de hacer el presidente Obama. Creemos que eso tiene que facilitar a su vez compromisos de los países emergentes y altamente intensivos en emisiones, como son China y otros, pero esperamos mucho más de esta conferencia, no solo objetivos fuertes en cuanto a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, sino también que la conferencia asuma una visión más propia del desarrollo sostenible y no solo de políticas encaminadas a la reducción de emisiones. Desarrollo sostenible que quiere decir apoyo financiero importante a los países en desarrollo y menos desarrollados, que esto sirva para su diversificación económica, que los prepare para la adaptación al cambio ya irreversible protegiendo a las personas más vulnerables, con una atención importante a la dimensión económica y sociolaboral de las medidas que se implanten, con la participación de los agentes sociales, en nuestro caso, los representantes de los trabajadores, en la discusión y aplicación de estas medidas, y todo esto de alguna forma visualizado en el concepto de transición justa, que tiene que garantizar inversiones sostenibles que sean socialmente responsables y que proporcionen trabajo digno y protección social a las personas afectadas por estas medidas. Esto vale tanto para los países en vías de desarrollo como para los países desarrollados, donde siempre habrá algún sector y colectivos de gente trabajadora que se pueda ver afectada, en principio negativamente, por la medidas que de forma irreversible tenemos que tomar, que después tendrán consecuencias mucho más positivas, pero que en un primer momento necesitan de una red social para aquellas personas que se puedan ver negativamente afectadas.También creemos que debe avanzarse en enfoques sectoriales que eviten la fugas de carbono, por tanto que determinadas producciones puedan marchar de los países centrales del sistema a otros países por mor de los distintos objetivos de reducción de emisiones. Creemos que es importante, sobre todo en lo que tiene que ver con los países en vías de desarrollo, que sean los gobiernos los que, más allá de mecanismos que garanticen una mayor efectividad en el cumplimiento de los objetivos, dirijan y tomen las decisiones sobre cuáles son los objetivos de reducción de emisiones y las medidas correspondientes, y creemos que es necesario encontrar mecanismos para la transferencia de tecnologías que sean sostenibles a un precio asequible para lo países en vías y por desarrollar. También creemos que los mecanismos de desarrollo limpio, de los que por ejemplo nuestro país tendrá que hacer uso debido a nuestro exceso de emisiones respecto al compromiso de Kioto, deben ser perfeccionados, en el sentido de poner de manifiesto la dimensión social de estas actuaciones, generando derechos para las personas de los países donde estos mecanismos de desarrollo se lleven a cabo y, como siempre -este es un poco el mantra sindical que van a escuchar hoy de mi boca- con la participación de los agentes sociales y representantes de los trabajadores. Por tanto, para resumir este capítulo, en Comisiones Obreras estamos muy esperanzados en esta cumbre que está por venir en el mes de diciembre y esperamos del Gobierno español una participación activa para que estos objetivos, que son compartidos por el conjunto del sindicalismo mundial, acaben siendo asumidos por el conjunto de gobiernos.Queremos hacer también un repaso sobre nuestra valoración, nuestras opiniones sobre la experiencia del camino ya recorrido durante la vigencia del Protocolo de Kioto. Como ustedes ya saben seguro, nuestras emisiones están disparadas muy por encima del objetivo que nos fue señalado por el compromiso de Kioto. En nuestra opinión, esto se debe a una falta de políticas públicas encaminadas a evitar que eso fuese así.La cosa cambió a partir de 2004, pero aún quedan sectores importantes en cuanto a generación de emisiones en los que estamos interviniendo muy poco.Les quiero señalar, como una experiencia española que es muy valorada por el conjunto del sindicalismo internacional, el acuerdo que se alcanzó en España para que de la mesa de diálogo social dependan mesas tripartitas con participación del Gobierno, por supuesto, organizaciones empresariales y sindicales para vigilar, acordar y seguir las asignaciones realizadas en virtud de lo dispuesto el Protocolo de Kioto.Para nosotros esto es importante y, si bien nuestro éxito en cuanto a emisiones no es como para estar muy satisfechos, por lo que se refiere a los sectores sujetos a asignación, estas asignaciones y el cumplimiento de estos objetivos se han producido sin angustia social, se han cumplido con un éxito yo diría que relevante y demuestran que es un camino en el que perseverar. En todo caso, a este trabajo le ha faltado una cierta capacidad de prospectiva, no tanto para ver cuáles eran los efectos de las medidas en el empleo existente, sino para explorar las posibilidades de empleos derivados de las medidas que debíamos adoptar.Si esto es así en los sectores industriales sujetos a asignación, por lo que se refiere a los sectores difusos, que suponen un 60 por ciento de nuestras emisiones, no hemos tenido un éxito semejante. Los incrementos han sido en este periodo del 65 por ciento en el sector residencial domiciliario y del 90 por ciento en el transporte. En nuestra opinión estos deberían ser ahora los sectores prioritarios de actuación de las políticas públicas acordadas con los agentes sociales, como de alguna manera ya se proponían en la estrategia española de cambio climático y energía limpia, que también contemplaba determinadas medidas legislativas, tanto a nivel del Estado español como a nivel de comunidades autónomas, que en nuestra opinión es urgente desarrollar.Tengo que decirles también que, aparte de las funciones del Gobierno de España, en distintas comunidades autónomas, incluso a nivel local, se han tomado iniciativas como la agenda para el cambio climático, oficinas para el cambio climático o estrategias de reducción de emisiones que han sido meritorias en cuanto a lo que han supuesto de voluntad de intervención, pero que adolecen, en nuestra opinión, de recursos suficientes asignados, que en el más común de los casos no han sido suficientemente asumidos por el resto de departamentos o, si quieren ustedes, concejalías de las propias administraciones que han generado estas estrategias u objetivos y, por tanto, no han tenido un resultado como el que nosotros quisiéramos y como el que era de esperar. Quiero señalar aquí que el problema es grave en la medida en que precisamente es en los sectores difusos donde las competencias de las comunidades autónomas les permiten tener más capacidad de actuación, tanto en movilidad como en edificación y consumos domiciliarios, y que por tanto sería bueno conseguir que estas estrategias fuesen más útiles.Acabamos de conocer porque lo acaba de publicar el Gobierno el resultado del inventario de emisiones 2007, y lo ha hecho acompañado de un escenario de emisiones para los años siguientes hasta el periodo 2012, donde se confirma que superaremos en casi 19 ó 20 puntos el objetivo que nos marcaba el compromiso de Kioto, que eso viene a suponer aproximadamente la emisión de unos 160 millones de toneladas de CO2 equivalentes al año, más de lo que tenemos asignado por Kioto, y el Gobierno en este momento se ha comprometido a compensar más o menos la mitad de estas emisiones por mecanismos de desarrollo limpio. Nosotros lo que creemos es que no nos podemos permitir el escenario peor, que sería el escenario tendencial, porque serían 100 millones de toneladas equivalentes más, pero con las medidas que en este momento están anunciadas, que nos parecen medidas en el sector de difusos de poca profundidad y que no van a generar un cambio radical en los usos, vemos difícil que se consiga este escenario más óptimo, que no óptimo absoluto, a no ser que lamentablemente la crisis económica se prolongue más allá de lo que todas y todos deseamos. En todo caso tenemos que prever como país que todavía tenemos que cubrir cerca de 80 millones de toneladas de CO2 equivalentes entre el año 2008 y 2012 y con qué mecanismos vamos a hacerlo.Como ustedes saben, en Comisiones Obreras elaboramos cada año un informe sobre las emisiones del año anterior. El informe correspondiente al año 2008 creo que lo tendremos disponible en unas pocas semanas. Por lo que se refiere a 2007, solo habido una diferencia de tres décimas con respecto al inventario oficial de emisiones que ha hecho el ministerio, con la ventaja de que nuestro informe, al no ser oficial, prácticamente se tiene con un año de anticipación. Con esta entradilla, en 2008 esperamos una importante reducción de nuestras emisiones, quizá de unos 20 millones de toneladas. Y lo que queremos poner de manifiesto, porque es un debate que, conocidos estos datos, ya está empezando a surgir, es que no existe una relación directa entre esta reducción de emisiones y el hecho de que se empezara a manifestar la crisis económica. Seguramente eso tiene un efecto, sobre todo en el último trimestre del año, pero fundamentalmente, en nuestra opinión y ciñéndonos solo a datos del sector eléctrico, supone un 25 por ciento de las emisiones, se ha incrementado la producción eléctrica española en casi un 3 por ciento, casi todo este incremento -también es bueno señalarlo- se destinó a la exportación, por tanto no somos hoy un país deficitario en cuanto a capacidad de generación, y si se han reducido las emisiones del sector eléctrico un 17 por ciento ha sido fundamentalmente por el papel de las renovables, que nos ha permitido prescindir de un mayor generación en carbón y en fuel, fundamentalmente en carbón. Esta seguramente, junto a una mayor eficiencia, ya hace cinco años que hemos conseguido desligar el crecimiento de nuestro consumo energético del crecimiento del PIB con una mejora de nuestra intensidad enegértica, nos da las pistas a seguir en el futuro. Pista a seguir en el futuro donde nosotros creemos que la pregunta relevante a hacerse no es qué influencia puede tener la crisis en el mayor o menor número de emisiones de nuestro país, sino si es posible en esta coyuntura de crisis poner las bases para salir de esta situación con una economía más baja en carbono, más moderna, competitiva, por tanto, y hasta qué punto creemos, es opinión de mi sindicato, que uno de los caminos para salir de la crisis es precisamente acelerar el cambio hacia esta economía menos intensiva en carbono.Por tanto, quería traerles aquí también la visión de Comisiones Obreras de que la mitigación del cambio climático, la lucha contra el cambio climático es una oportunidad y es una oportunidad importante para España.Ustedes seguramente habrán oído hablar de documentos, de consignas, como puede ser el Green New Deal, el trabajo sobre Green Jobs, documentos soportados por la Organización Internacional del Trabajo, por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, que cuentan con el acuerdo de las organizaciones empresariales internacionales, de la Confederación Sindical Internacional. Nosotros creemos también, en la línea de estas propuestas y pensamientos, que la perspectiva ambiental es fundamental en la modernización de nuestro tejido productivo, seguramente no por sí sola. Es menester formación, es menester mejorar la inversión en investigación, desarrollo e innovación y también la eficacia de nuestra transferencia de la investigación a la actividad productiva, pero es importante tener esta visión de que la ambientalización de nuestros sectores productivos los va a hacer más competitivos y más fuertes. Hasta el momento, ni en las conferencias de las partes ni, yo diría, en las políticas de nuestro país, hemos conseguido que esta visión sea una visión completa, compartida por los distintos agentes e incluso por los distintos ámbitos gubernamentales en los distintos niveles que actúan.Nosotros creemos por tanto que hay un importante margen de mejora todavía en España y que las oportunidades vendrán dadas de un escenario que brevemente les describo: seguro que vamos a ir hacia un mayor ahorro y eficiencia energética, va a ser imprescindible; se va a producir una mayor electrificación del transporte y una mayor generación en base a fuentes renovables; creemos que la movilidad va a sufrir un cambio, que se ha va a reducir la movilidad no imprescindible de mercancías, sobre todo, y también de personas, poniendo en valor el factor de proximidad, que ahora es un valor que para la actividad económica parece irrelevante, y creemos también que poco a poco, en el diseño de la forma en que se produce y en que se comercializa, se producirán cambios que desde el inicio de la concepción del producto nos tienen que dar oportunidades también para una economía menos intensiva en el consumo de recursos naturales.Yo les voy a señalar aquí solo tres sectores en los que Comisiones Obreras estamos convencidos que tenemos una gran oportunidad de desarrollo, que son sectores claramente generadores de empleo, que pueden tener algunos una actividad exportadora importante, que pueden permitir una cierta reindustrialización de nuestro país, que nos pueden situar en primera línea, como quizá no lo hemos estado nunca, en determinadas tecnologías y productos, y otros que por su propia razón de actividad van a generar empleos que no van a ser deslocalizables.Por lo que ser refiere a las energías renovables, que seguramente es una de las experiencias de éxito de nuestro país en lo que respecta a la energía eólica, un estudio hecho el año pasado por nuestro instituto sindical Trabajo, Ambiente y Salud ponía de manifiesto cómo ya han creado en España 89.000 empleos directos y otros tanto indirectos y cómo, si alcanzamos los objetivos establecidos en el paquete europeo de un 20 por ciento de la generación en renovables, podríamos estar hablando de una generación neta de prácticamente medio millón de empleos, un cuarto de millón de ellos directo y otro cuarto de millón de ellos indirectos. Es cierto que como sindicato tenemos que discutir con el sector sobre la calidad de algunos de esos dos empleos generados, fundamentalmente los indirectos; pero también es cierto que los empleos directos generados los podemos considerar de una alta calidad en cuanto que una parte mayoritaria de ellos es empleo indefinido, de alta cualificación y con perspectivas de carrera profesional.Por otro lado, nosotros estamos convencidos de que en un país que cuenta con un parque de viviendas vacías importante las respuestas a la crisis del sector de la construcción no pasan tanto por la construcción de infraestructura, que son menos intensivas en mano de obra, por supuesto no pasan, salvo alguna excepciones, por necesidades sociales que se pueden detectar por mayor construcción de un parque de viviendas que hay quien sitúa entre un millón y un millón y medio de pisos vacíos, pero sí que tenemos una gran oportunidad para el sector en lo que sería la modernización, no nos gusta hablar de rehabilitación porque esto remite a algo viejo, nos gusta hablar de modernización ambiental de las viviendas y de los edificios, tanto de las empresas como de las administraciones públicas. Nosotros creemos que esta modernización, junto con la instalación de energías renovables en las edificaciones, podría crear entre 350.000 y 400.000 empleos y que sería una oportunidad de empleo en un sector que, como ustedes saben, ahora mismo está muy castigado por el cese de la actividad constructora.Para terminar este capítulo, nosotros consideramos importante para mitigar nuestra aportación a las emisiones y para controlar el sector de actividad donde tenemos menos control sobre nuestras emisiones desarrollar políticas de movilidad sostenible. Las políticas de movilidad sostenible, como la promoción del transporte público, del colectivo, medidas de coche compartido, gestión de la movilidad, son una fuente importante de creación de empleo, no solo entre los operadores y la gente que conduce el transporte público, para entendernos, sino en servicios que llevan asociados, y también una posibilidad de reindustrialización, de pasar de una determinada actividad más dirigida al vehículo privado a la construcción de vehículos destinados al transporte colectivo. Como ejemplo les pongo la fábrica de Santana en Linares, que pasó de fabricar land rover a estar fabricando ahora vagones de metro. Sería una oportunidad de industrialización importante alternativa a la que ahora está en cuestión. Pero además es importante actuar en movilidad, y como sindicato me permitirán que lo señale, no solo para reducir nuestras emisiones, sino porque un modelo de movilidad cotidiano basado en el vehículo privado es un modelo de movilidad que genera exclusión del mercado de trabajo de aquellas personas que no pueden disponer de él cotidianamente, fundamentalmente gente joven, mujeres e inmigrantes. Es cara, si considerásemos el costo de amortización del vehículo. Genera accidentabilidad importante, la primera causa de muerte laboral son los accidentes de tráfico in itinere. Y por otro lado, las empresas soportan por esta movilidad poco eficiente desde costes de congestión al uso ineficiente del suelo industrial, que en algunas zonas de nuestro país es escaso y caro y en cambio en casi una tercera parte está dedicado al aparcamiento de vehículos privados. Por tanto, el desarrollo de políticas de movilidad sostenible también podría suponer una oportunidad importante para el empleo, además de ser el instrumento fundamental para poner coto al crecimiento de las emisiones en el sector transporte. En conclusión, y aunque parezca atrevido y quizá un poco exagerado, nosotros estamos convencidos de que las políticas de mitigación del cambio climático podrían hoy generar más de un millón de empleos en el conjunto del Estado español.De lo que he dicho se colige que fundamentalmente tenemos que trabajar en los campos que conocemos como sector de emisiones difusas, fundamentalmente el transporte y el sector domiciliario. No quiere decir eso que el sector industrial, sobre todo en la etapa que va a empezar a partir de 2013, donde las asignaciones se harán a nivel de Unión Europea y en función de si el paquete europeo plantea un 20 por ciento de reducción de emisiones o un 30 por ciento, no sea un sector donde se tenga que trabajar mucho, pero estamos convencidos de que el sector industrial, sujeto ya a asignación, es un sector donde el esfuerzo que se le pide es asumible, vendrá a ser una media del 1,24 por ciento de reducción de emisiones cada año, y creemos que esto lo podemos soportar.No podemos hablar de la necesidad de cambiar nuestro modo de movilidad ni nuestras pautas de movilidad sin hacer referencia a la necesidad de cambiar nuestras pautas de ordenación del territorio y urbanísticas. Con el desarrollo de la actividad difusa que hemos tenido hasta la fecha, con la segmentación de los usos espaciales que han generado mayor necesidad de movilidad, porque el trabajo, el estudio, nuestro ocio y nuestra vivienda están en sitios distintos y aislados, si no cambiamos estas pautas de urbanismo y estas pautas de ordenación del territorio, difícilmente conseguiremos masas críticas para un transporte público eficiente y rentable, difícilmente conseguiremos minimizar nuestras necesidades de movilidad, y por lo tanto estaremos discutiendo si esa movilidad la atendemos de una forma más sostenible con transporte público o de una forma menos sostenible con transporte privado, pero hay que ir al meollo de la cuestión, que es cómo estamos organizando nuestro urbanismo y nuestra ordenación territorial.¿Qué le pedimos entonces al Poder Legislativo ante el que comparecemos hoy? En primer lugar son deseables para abordar el cambio climático, como cualquier estrategia de modernización de los sectores productivos, estrategias estables y a largo plazo. Porque nuestros sectores, nuestras empresas necesitan objetivos que pueden ser todo lo duros que se pretendan, pero que sea previsibles, que se mantengan, que, por tanto, les permitan programar a largo plazo sus inversiones y sobre todo que premien a aquellas actividades y empresas que sean las primeras en alcanzar estos objetivos, en hacer el esfuerzo de modernización necesaria. Esto, en un país democrático donde los gobiernos están sujetos a cambios, o no, cada cuatro años, exige del máximo consenso, y yo creo que es una de las cosas que desde la sociedad civil, desde las organizaciones sindicales al menos, debiéramos pedirles a ustedes, que en la determinación de estos objetivos, además de ser muy ambiciosos, procuraran tener el máximo consenso y que estos objetivos fuesen lo más estables en el tiempo.Creemos que es menester una ley de movilidad sostenible por todos lo argumentos que he dado. Estaba contenida en la estrategia española a que me he referido antes como un mandato que afectaba y estaba aceptado tanto por las comunidades autónoma como por el Gobierno de España. En Comisiones Obreras creemos que es posible hacer una ley de movilidad de ámbito estatal que no invada las competencias de las comunidades autónomas y consideramos bueno que todas las comunidades autónomas, alguna ya lo ha hecho, se doten de leyes de movilidad sostenible, donde una parte importante tendría que ser también la financiación del transporte público y, en nuestra opinión, la obligación de hacer planes de movilidad de empresas y/o polígonos, y también la obligación de hacer estudios de movilidad generada cada vez que se produjera una nueva intervención urbanística. Quizá ustedes ya lo saben, pero la semana pasada, en el Consejo Nacional del Clima, pareció que se renovaba este compromiso de todas las comunidades autónomas junto al Gobierno de que había margen para hacer una ley de movilidad estatal que no molestase las competencias de ninguna comunidad autónoma.Por otro lado, consideramos que es necesaria una ley de ahorro y eficiencia energética, que parece que está en marcha. Nosotros consideramos que es fundamental que esta ley exista, les diré después con qué características, y creemos que debemos plantearnos una ley de fiscalidad ambiental. Puede ser una ley de fiscalidad ambiental o puede ser la revisión completa de toda nuestra fiscalidad, eso de alguna forma es lo de menos, pero debemos dar al conjunto de las políticas fiscales de nuestro país una intención ambiental que hoy no tienen. Hoy tenemos algunos ejemplos, unos exitosos, otros no tanto, sobre todo a nivel de comunidad autónoma, porque ha sido de los márgenes de discrecionalidad fiscal de los que estas han gozado, pero no tenemos una visión de fiscalidad ambiental que deberíamos incorporar a todas nuestra política fiscal. Y aquí podemos discutir si los efectos de esta revisión tienen que ser neutrales en cuanto a recaudación o no, hasta qué punto podemos considerar que una medida es de fiscalidad ambiental solo en la medida que está encaminada no a recaudar, sino a cambiar usos y hábitos. Podemos discutir si los recursos tienen que ser finalistas o no es menester que esto sea así, pero evidentemente necesitamos gravar determinadas actividades y determinados productos que ambientalmente son mucho más perjudiciales que otros que quizá no son competitivos en el mercado porque faltan estas políticas fiscales que llevarían no a perjudicar a determinados productos, sino a obligarlos a internalizar en sus costos los costos de tratamiento que de alguna forma se externalizan al conjunto de la sociedad.Estas tres leyes o propuestas de medidas legislativas en nuestra opinión tienen que ser amplias y coherentes entre sí. No nos vale que por aquello de que existen compromisos en las estrategias o en los programas electorales, al final estas leyes sean leyes que solo afecten a unos pocos puntos de la actividad económica, a determinados sectores y que además no estén interconectadas y no tengan una lógica entre todas ellas.Por eso sería bueno, no tenemos nada en contra, que del continuo esfuerzo de elaboración de estrategias al final se produjeran las leyes, pero también les quiero decir que no es suficiente con esa continua elaboración de estrategias. Ahora estamos elaborando la estrategia española para la movilidad sostenible, pero habría que ir, como consecuencia de esta estrategia por supuesto, a la elaboración de la ley, de la que hace mucho tiempo venimos hablando.Y para finalizar de verdad, en primer lugar es evidente que en España hemos llegado tarde para poner en marcha las políticas necesarias, por eso nuestro alejamiento del cumplimiento de lo establecido en el Protocolo de Kioto. Podemos cumplir y asumir aceptablemente los compromisos, sobre todo los derivados del paquete europeo, porque aquí vamos a ser beneficiarios de la injusticia que supone que se tome como referencia el año 2005, que fue el peor año de nuestras emisiones; cuando haya que repartir los esfuerzos, seguramente nuestros malos deberes hechos en 2005 nos pondrán en buena situación para negociarlos con el resto de países miembros. Esperemos que estos objetivos derivados de la cumbre de Copenhague sean ambiciosos. Insistimos en la idea de que todos estos desafíos debemos leerlos en clave de oportunidad, de modernización, de generación de empleo en un momento en que estamos en una crisis económica que lo está destruyendo. También pensamos que debemos mantener y perfeccionar las mesas de diálogo social sobre el plan de asignación, donde hay que conseguir espacios. Puede ser este u otro, pero debemos generar espacios en los que, de forma tripartita, podamos discutir, podamos acordar políticas y medidas que sirvan para generar empleo verde y para poner en marcha todas estas ideas que de alguna forma les he venido exponiendo.Le pido otra vez, y es quizá en lo que me estoy repitiendo más, que tomemos conciencia de que son necesarias medidas en el sector del transporte y en el sector de la edificación, que es donde nosotros tenemos de alguna forma el talón de Aquiles, en cuanto al cumplimiento y en cuanto a la eficiencia energética de nuestro país. Y si hemos estado tanto tiempo sin conseguir los resultados deseables en estos sectores es porque ha habido un déficit normativo en comparación con la fuerte norma que ha regido para los sectores industriales. Necesitamos medidas legislativas y, por supuesto, pueden contar con Comisiones Obreras para ser corresponsable con todos estos objetivos y hacer una política climática que sirva para las generaciones futuras, pero también para dar solución a los problemas inmediatos que tienen los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a dar la voz y la palabra a los representantes de los grupos parlamentarios aquí presentes, empezando por el señor Guillot, del Grupo de Entesa.El señor GUILLOT MIRAVET: Agradezco al señor Serrano que, en nombre de Comisiones Obreras, comparezca en esta Comisión, y voy a hacerle cuatro preguntas muy concretas. En primer lugar, ¿valora su sindicato y usted mismo si la crisis está siendo aprovechada también como una oportunidad para la modernización ecológica de nuestra economía por parte del Gobierno en sus medidas anticrisis? En segundo lugar, usted hacía referencia a un marco legal, un marco legal imprescindible para poder avanzar, no en la disminución de las emisiones de CO2, en la modernización ecológica de España, en el cumplimiento de los compromisos de Kioto, etcétera. En principio, en la anterior legislatura se nos dijo que no a la posibilidad de una ley de movilidad, se nos dijo que sí a una ley de ahorro y eficiencia energética, que hoy por hoy está pendiente aún de cualquier tipo de tramitación. Respecto a la fiscalidad verde, lo que hemos visto en la anterior legislatura -en esta aún no hemos visto nada- es que ha habido medidas muy, muy tímidas, una ley que gravaba todos los vehículos a partir de la contaminación o que desgravaba a aquellos que contaminaban menos, pero digamos que ha habido, por parte del Gobierno, una respuesta muy tímida respecto a la implantación progresiva de una fiscalidad verde. Me gustaría preguntarle cuál es la opinión del sindicato sobre la aplicación o no de la euroviñeta y cuáles podrían ser aquellas medidas fiscales concretas que ustedes creen que se podrían implantar de manera más urgente. En tercer lugar, comparto su análisis sobre el impacto del transporte en las emisiones y las propuestas que hacen desde Comisiones, pero evidentemente esto se da de patadas con las prioridades de este Gobierno, que son fundamentalmente AVE y autovías. ¿Cuáles serían las medidas concretas que usted pediría, aparte de la ley de movilidad, que el sindicato de Comisiones Obreras cree que habría que desarrollar, para intentar avanzar hacia un modelo de movilidad que nos acerque más a las propuestas que ustedes defienden, que no a la realidad del día a día? Por último, comparto plenamente -esto no es una pregunta- la necesidad de avanzar en programas de rehabilitación energética del parque de viviendas, porque eso tendrá un efecto positivo en empleo en el sector de la construcción y también en lo que afecta a la emisiones de CO2.Agradezco de nuevo su exposición y su presencia y espero la respuesta a mis preguntas.
El señor PRESIDENTE: Para contestar a las intervenciones tiene la palabra el compareciente.
El señor SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE DE LA CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS (Serrano Giménez): Supongo que SS.SS. son conscientes de que esta es otra comparecencia. Me preguntaba el señor Guillot si en opinión de Comisiones Obreras el Gobierno está aprovechando las medidas contra la crisis para modernización que nosotros propugnamos. En primer lugar, yo entiendo que cuando empieza a manifestarse la crisis lo prioritario es garantizar los derechos de las personas que puedan perder el empleo, la protección social, etcétera. También entiendo que el siguiente movimiento sea, para no perder más empleo, para mantener la demanda, para no agravar la crisis, que se encaminen políticas que no están tan orientadas a cambiar el modelo productivo, como mantener la maquinaria en funcionamiento y mantener el empleo realmente existente.Debiéramos encontrar un espacio, que yo creo que no ha llegado todavía, donde fuésemos capaces además de poner las bases para la salida de la crisis con la orientación que les he explicado. Sobre las medidas tomadas hasta ahora creo que, por ejemplo, el plan de 8.000 millones a los ayuntamientos podría haber tenido una clarísima intención de modernización ecológica y no la ha tenido; con los propios datos del ministerio, no llegan al 3-4 por ciento las propuestas de actuación recogidas por el propio ministerio que tienen una intención de modernización ecológica. Claramente es una oportunidad perdida. También es cierto que por el lado del Ministerio de Industria cuando se hizo el plan -no recuerdo el nombre exacto- de aceleración, de profundización de la estrategia de ahorro y eficiencia se pusieron algunas medidas y algunos recursos que yo diría que van en la dirección adecuada, con la salvedad de que casi todas estas medidas ubicadas en actuaciones que está implementando el IDAE tienen mucho sentido ejemplarizador pero no tienen suficientes recursos ni profundidad como para promover de verdad el cambio productivo que queremos. Por tanto, creo que se han dado señales, algunas en el buen sentido, pero insuficientes, otras en las que claramente hemos dejado pasar una oportunidad, y creo que ahora ya no hay más tiempo que perder y debiera abordarse un plan de verdad de salida de la crisis por la vía de la modernización ecológica. Pero desde luego hasta ahora no podemos estar satisfechos por lo que a este sentido respecta.Sobre la fiscalidad verde y lo que pensamos de la Eurovignette, somos muy conscientes de que el sector del transporte es muy complicado y que es difícil intervenir en él en nuestro país, y los conflictos que ha habido en el sector lo han demostrado claramente. Hay que hacer memoria de otros momentos de crisis en que el sector del transporte fue el refugio de personas que habían perdido el empleo en sectores industriales, y el resultado, por el control que sobre la cargas están ejerciendo los que pueden hacerlo, es que es un sector muy atomizado, con muy poca capacidad de negociación por parte de las pequeñas empresas y sobre todo de un gran número de empresarios autónomos del transporte, y por lo tanto es un sector en el que difícilmente se pueden imponer medidas que todavía hagan más precario o más difícil el desenvolvimiento de su actividad. Este diagnóstico se hizo hace muchos años, no hicimos nada en el tiempo de las vacas gordas, no reestructuramos el sector para dar más poder de negociación a estos empresarios autónomos, a estas pequeñas empresas, seguimos fracasando en pasar mercancías de la carretera al ferrocarril, y no tomamos aquellas medidas estructurales que tendrían que hacer que una cosa que parece elemental, que es que el uso de una infraestructura como es la carretera, sobre todo por lo que son vías de largo recorrido, de larga distancia, tuviera un costo, como lo tiene el teléfono, el agua o la luz, y que esta no tuviera que ser un servicio de infraestructura gratuita, que no lo son ni el agua, ni la electricidad, ni la telefonía, etcétera. Resumiendo, este es un sector muy vulnerable en estos momentos. Ponerle Eurovignette con las características del sector hoy en España sería conflictivo, seguramente generaría problemas y agravios sociales ciertos que este sindicato pretende evitar. Pero además de anunciar eso tendríamos que estar tomando ya las medidas para la reestructuración del sector, para el reequilibrio modal, que permitieran que en un horizonte que nadie debería discutir el uso de las vía de alta capacidad estuviera sometido al pago de una tasa, y el modelo de esta tasa es el de la Eurovignette.En cuanto a fiscalidad verde, sobre lo que también me han preguntado el señor Moraleda y me parece que el señor Campuzano, soy incapaz ahora de hacerles una panoplia de todas las medidas de fiscalidad que habría que tomar, pero sí les sugiero algunas. Por ejemplo, en algunas autonomías estamos pagando el llamado céntimo sanitario, que tiene su origen en una medida de la Unión Europea de fiscalidad verde, porque la intención de este posible suplemento a los carburantes era promover y financiar políticas de sostenibilidad. Como eso ocurre en la coyuntura de la convergencia para la moneda única y el Tratado de Maastrich, y todos los países miembros, o casi todos, tenían problemas con la financiación de su sanidad, aparece la alternativa de dedicar ese dinero a sufragar los déficits sanitarios. Cuando termine, espero que algún día, la ronda de reforma de la financiación autonómica dejaría de tener sentido que en algunas autonomías se esté pagando ese céntimo sanitario y en otras no, y yo les propongo que ese céntimo, y en el conjunto del Estado español, se dedicara a aquello para lo que en principio fue pensando, es decir, recaudar de los carburantes para desarrollar políticas de movilidad sostenible o eficiencia energética.Segunda idea. Aunque tengamos políticas de tratamiento de residuos diversas en función de las responsabilidades de los distintos gobiernos autónomos, tenemos unas políticas de residuos que no internalizan en los productos el costo de su tratamiento. Es decir, el costo del tratamiento de muchos productos, sea embalaje, sea productos que necesitan un tratamiento específico, se están extenalizando al conjunto de la sociedad. Conseguir que todo producto que hagamos internalice en sus costos los efectos, sea en términos de contaminación, sea en términos de lo que cuesta el tratamiento o incluso su reutilización, es una idea fundamental en cualquier idea de fiscalidad verde que haría que los hábitos de todos nosotros como consumidores cambiasen radicalmente, porque a partir de aquí determinadas formas de envasado y determinados productos dejarían de ser atractivos y pasarían a serlo otros. El problema es quién el pone el cascabel al gato. El problema es cómo eso cambia pautas de comercialización que el propio sector de la comercialización se resiste a ver cambiadas. Pero el problema es si nos anticipamos o somos prisioneros de las resistencias del business as usual que ya sabemos que existen. Existen tasas que gravan distintas actividades y distintos servicios y son recaudadas por distintas administraciones que van a dar a la bolsa común con que estas administraciones cumplen sus compromisos. Yo diría que toda tasa que grave el uso de agua, energía u otro tipo de suministros, también la movilidad, por ejemplo, en el caso de los aeropuertos, tendría que estar claramente dirigida a medidas en pro de una política de agua más eficiente en el ahorro, a medidas de cómo generar y ahorrar energía o a medidas de cómo fomentar una movilidad más sostenible. Como ven ustedes, no les estoy proponiendo aquí mayores tasas o incrementar su número, sino que estas, que existen para unas figuras impositivas muy determinadas que tienen que ver al final con el uso de los recursos limitados, tuvieran como fin la mejora en la optimización del uso de esos recursos. Así no aumentaríamos solo la presión fiscal, sino que le daríamos un fin más adecuado, creo yo, al origen de esas tasas.Por último, en cuanto a una ley de fiscalidad ambiental -y con esto termino- no solo estamos hablando de cargos y por lo tanto mayor presión fiscal, sino que debería contemplar medidas de apoyo, de desgravación a las empresas y a los particulares que tomen las medidas adecuadas en el sentido de las políticas que se deben arbitrar, en el sentido de los objetivos que se demandan desde los poderes públicos. Por tanto, no me pronuncio sobre si el resultado final tiene que ser neutral o no. Ustedes saben la opinión de nuestro sindicato de que tampoco la imposición indirecta debe ser excesiva y tener demasiado peso respecto a la directa y de que todavía tenemos un camino que recorrer respecto a la media europea en cuanto a posibilidad de aumentar la presión fiscal, pero tampoco les estoy planteando que una ley de fiscalidad ambiental tuviera que ser solo pagar más para recibir, ni que fuera en diferido.Me ha preguntado también el señor Guillot sobre la valoración que hacemos nosotros de determinadas actuaciones que hace el Gobierno, sobre todo en el ámbito de las infraestructuras, me ha parecido entender, si estas están de acuerdo con la visión aquí expresada o no, e intentar ir a una movilidad más sostenible o no. La opinión de este sindicato es que el PEIT, que seguramente tendrá algunos puntos fuertes, en el momento de su elaboración y valoración para nada o muy poco tuvo en cuenta el incremento de la movilidad, y de la movilidad no sostenible, que el diseño del PEIT comporta. ¿Qué creemos nosotros que tendría ser una política de infraestructuras en favor de la movilidad sostenible? En Comisiones Obreras hemos reivindicado más inversiones en la movilidad de proximidad, por tanto más inversiones en cercanías, más facilidades para los desplazamientos ecomovibles y sobre todo más atención al reequilibrio del transporte de mercancías entre carretera y ferrocarril, en el que estamos fracasando un año tras otro. La participación del ferrocarril en el transporte de mercancías disminuye, cuando se supone que lo que nos conviene es que aumente. Y eso por falta de infraestructura, pero también por políticas de gestión de Renfe, que es una empresa estatal, y esto habría que ponerlo de manifiesto. Es seguramente en el tema de la movilidad de las infraestructuras donde más se hace manifiesto que no todo el conjunto de la Administración del Estado, pero también pasa en las autonomías, han asumido esta visión de la necesidad de una nueva movilidad, y seguramente esta es una cuestión que hay que superar.El señor Campuzano me preguntaba sobre cómo mejorar las mesas de diálogo social cuando hablábamos de las perspectivas de generar empleos verdes.Yo les voy a decir, para que no parezca que solo tengo inquina a gobiernos de hace dos legislaturas, que el país está pagando, y mucho, aquello que se dijo un día de que la mejor política industrial era la que no existía. Como eso se teorizó y se llevó a la práctica, nos hemos olvidado, hasta los sindicatos, de negociar y hacer políticas industriales, y las mesas de diálogo social no hacen, y debieran hacer, políticas industriales. Porque esto que yo les he dicho suena muy bonito, pero luego hay que concretar, y eso es menester hacerlo con un importante acuerdo de todos, a qué sectores vamos a favorecer, con qué tipo de medidas fiscales. No son suficientes las políticas horizontales que se han venido haciendo, tenemos que señalar qué sectores, y seguro que va a haber sectores que van a quejarse de no ser los favorecidos porque no vamos a considerar que son los que potencialmente pueden generar más empleo. A las mesas de diálogo social, desde esta perspectiva que explico aquí, les sería exigible el valor y el compromiso de señalar a qué sectores hay que aplicar tratamientos fiscales, incluso ayudas directas de la Administración, más favorables.
Sobre lo que usted me preguntaba en cuanto a reducción de cotizaciones sociales para favorecer los empleos verdes, las renovables, y la posición del sindicato en contra, no conozco el detalle, pero sí le digo, y usted lo conoce, que nuestro sindicato ha estado de acuerdo en diversas ocasiones con bonificaciones a las cotizaciones sociales, que no es lo mismo que una rebaja de cotizaciones. Si con recursos fiscales de los Presupuestos Generales del Estado decidimos modificar las cotizaciones de determinadas actividades o determinados tipos de trabajadores para facilitar su empleabilidad o el desarrollo de determinados sectores, yo no veo aquí problemas. Pero la filosofía de la reducción de cotizaciones nos llevaría mucho más allá del medio ambiente, y usted y yo hemos coincidido hace muchos años en mesas para hablar de pactos de pensiones, pero el problema seguramente lo tenemos por aquí.Me preguntaba también sobre la posición del sindicato respecto a la energía nuclear, y también me lo preguntaba el señor Moraleda. Yo le traigo aquí lo que acordó nuestro congreso, que fue hecho con unos materiales que querían ser muy sintéticos pero todos los párrafos tenían cinco páginas, perdón, cinco líneas. (Risas.) Lo conseguimos, cinco líneas, excepto el párrafo referido a esto que usted me pregunta que, después de una enmienda transaccional aprobada amplísimamente por el congreso, resulta que tiene cuarenta líneas o algo parecido. Resumiendo, se pueden imaginar todas las entradillas necesarias: queremos energía barata, en cantidad y además que sea de origen verde; estamos por la eficiencia, el ahorro y por las renovables. Y dicho todo esto, respecto a la nuclear consideramos que es una tecnología que plantea problemas que no se han resuelto, por lo que no es una opción deseable. Por tanto, interpreto claramente que nuestro congreso está por el no desarrollo de nuevas plantas de generación nuclear. Tenemos una resolución de las tres uniones regionales concernidas, la Confederación Nacional de Euskadi, Castilla y León y La Rioja, pidiendo el cierre de Garoña. Motivos: creemos que el de Garoña es el último reactor de su generación, todos los demás han cerrado; no vemos razones tampoco por su aportación el sistema eléctrico español para mantener su actividad y consideramos que sería bueno que se cerrase. ¿El resto? Sobre el resto quisiéramos poder discutir, no solo nosotros, un plan de cierre, y en el plan de cierre nosotros no le vamos a poner de inicio, porque una cosa es como se empieza a negociar y otra como se termina, una fecha de caducidad ni a esa hipotética negociación Comisiones Obreras iría pidiendo el cierre inmediato de las actuales plantas en funcionamiento. Creemos que en función de que el mantenimiento de la actividad de estas plantas generara beneficios sociales, que podrían ser en diversa forma, podríamos hablar de lo que yo y otra gente hemos mencionado como plan puente, que nos permitiera ampliar el horizonte de actividad del actual parque nuclear a condición de que supiésemos -esto ha sido reciente- cuándo termina de resolver determinados problemas que hay que resolver, como la gestión de los residuos en el horizonte de que es para terminar un día con esa actividad y no para seguir desarrollándola en el futuro. Esa es hoy, creo, la posición del sindicato, que, como ya se imaginan ustedes, es controvertida, pero en ese punto creo que hemos encontrado la síntesis.Sobre la ley de movilidad sostenible, yo creo que si se hace bien no solo no invadirá las competencias de las comunidades autónomas, que saben que personalmente las quiero lo más amplias posibles, sino que puede dar cobertura a determinadas disposiciones, precisamente las más ambiciosas en cuanto a establecer obligaciones para los promotores urbanísticos, etcétera, que están ya contenidas en algunas leyes autonómicas. Por tanto, creo que fundamentalmente tiene que ser una ley que establezca el marco de cómo hay que hacer la ordenación territorial, el urbanismo y las obligaciones de los agentes que actúan en él, para que después lo desarrollen las comunidades autónomas como se tenga que hacer. La ley tiene que tener un elemento importante, que a lo mejor también pone aceite en las bisagras, que es la financiación del transporte público, para lo que debe haber recursos de los Presupuestos Generales del Estado.Creo también, y sé que es el punto más difícil, que por criterios de derechos y de eficiencia que tiene que ver con los derechos de los trabajadores deben establecerse obligaciones y oportunidades para las empresas para generar los planes de movilidad de empresa y polígono. Y aunque eso pueda venir dado por una ley de movilidad sostenible, tiene bastante que ver con los derechos de los trabajadores, que, como ustedes saben, es una normativa reservada al ámbito estatal.Señor Caicedo, la verdad es que me ha hecho las preguntas más difíciles, no porque lo sean sino porque yo venía a otra guerra, pero voy a procurar contestarle. Primero quiero decirle a su compañera la señora De Lara que si cree que en mis palabras había alguna animadversión específica hacia un gobierno del Partido Popular, me habré equivocado y las retiro. La posición de Comisiones Obreras no es venir a molestar a nadie. Más allá de lo que haya dicho, lo que tenemos escrito es que hasta que no ha habido medidas transversales para abordar el cambio climático -y en eso me ratifico- en políticas de movilidad, tanto en las más recientes como las anteriores no ha habido esta visión de cómo desde la movilidad abordábamos el cambio climático. Le voy a reconocer el mérito de que empezó el Gobierno del Partido Popular el éxito de la energía eólica en España, y afortunadamente el gobierno que lo sucedió ha seguido manteniendo las medidas que lo han permitido. Le diría que íbamos a discutir mucho sobre si la Ley de Residuos en su momento fue un avance o una pérdida de oportunidad, pero espero que esto lo podamos ver en otro momento.Sobre la importancia -al señor Caicedo no lo he olvidado, estoy ganando tiempo- de Estados Unidos en la cumbre de Copenhague, yo le diría que la falta de compromiso de Estados Unidos ha estado sirviendo hasta ahora de argumento, pretexto, excusa para países como China y al primer emisor, como se ha dicho, India, para no comprometerse, y que si este pretexto desaparece habremos avanzado mucho, espero, se lo diré en enero. Por tanto, el cambio de actitud de la Administración de Estados Unidos, más allá de su propio peso en las emisiones, que sigue siendo importantísimo, nos parece que es una novedad importante para esta cumbre de Copenhague, como me parece muy inteligente la posición de la Unión Europea de comprometer un objetivo y decir que está dispuesta a hacer un esfuerzo mayor en la medida en que los otros también se comprometan, porque si llegamos a Copenhague diciendo que vamos a reducir el 30 por ciento nos quedamos sin margen de negociación. Eso me parece acertado.Respecto a los temas del agua de una forma desordenada se me ocurren las siguientes ideas. Primero, usted ha hecho un paralelismo entre la reserva estratégica de petróleo y la de agua. España no tiene petróleo, tiene agua, el problema es si tenemos el agua suficiente para los usos que queremos darle. Yo estoy convencido de que determinados usos que hemos pretendido darle al agua -no estoy de acuerdo en que el agua es un recurso escaso, es un recurso limitado- en el futuro no serán ni económicamente eficientes; determinados intentos de agricultura intensiva no generan suficiente valor, no vinculan la población al territorio. Por supuesto, el sector no tiene que pagar las consecuencias. Tenemos que cambiar de pautas sobre qué esperamos de nuestra agricultura, cuáles son sus circuitos de comercialización. Cuando les hablaba de poner en valor el concepto de proximidad estaba pensando precisamente en buena parte de nuestra producción agraria, y no solo la agricultura consume agua, además los agricultores dicen que ellos no la consumen, que la devuelven a la capa freática, otra cosa es en qué condiciones; habría mucho que discutir. Yo, ya se me ha notado, soy catalán, y en Cataluña pasamos hace poco un episodio de sequía que tuvo como característica sorpresiva, para mí que lo que viví de cerca, que en ningún momento nadie planteó la restricción de uso industrial, cuando hay una jerarquía clarísima de los usos del agua: el primero el de boca, etcétera. Seguramente eso se ha producido porque ya como sociedad no estamos dispuestos a detener una actividad económica, la que sea, por falta de agua, antes hacemos todos los esfuerzos que sean menester para conseguir agua de donde sea. Pero dicho eso, el agua de boca está garantizada, si algún día hay que parar alguna actividad económica para que la ciudadanía beba y se lave no será ese el problema. Una parte de su pregunta me ha parecido un tanto catastrofista. Creo que tenemos que aprender a vivir con el agua que tenemos. Dicho esto, la mayor garantía, como también ocurre con la energía, la energía renovable, para situaciones puntuales de escasez es la interconexión. Pero no es lo mismo hacer una interconexión de lo que sea, de cuencas, de ríos, de lo que usted quiera, desde la clara convicción de que se hace como garantía para momentos de crisis hídrica que como factor de desarrollo, por el cual se supone que este flujo de recursos va a ser constante y permanente y que permite nuevas oportunidades de desarrollo, que yo creo que desde una perspectiva de tener en cuenta los límites de los recursos disponibles no deberíamos contemplar. Pero me encantará quedar con usted un día si quiere para discutir de agua y vendré más preparado.De refilón me parece que me han enviado el mensaje de que no ve al sindicato en la calle. Yo le diría que busque, porque el sindicato está mucho en la calle. No hemos hecho todavía, y no digo que tengamos en la cabeza hacerla, una convocatoria de carácter confederal, pero yo le diría que cada quince días o casa semana, en alguna ciudad importante española, la gente de Comisiones Obreras junto con la de UGT está saliendo a la calle para reclamar lo que reclamamos los trabajadores en una situación de crisis, no pagarla nosotros, entre otras cosas, porque esta crisis no está motivada ni por los salarios, ni por nuestros derechos, sino por otras cuestiones. Sí le quiero contestar a lo que usted me decía sobre los productos, sobre los vehículos, etcétera. Mire, yo trabajo en la SEAT, a mí me paga la SEAT. Antes me he referido a que tenemos que aplicar políticas para mantener el empleo que tenemos ahora y ser capaces de prever qué empleo queremos tener en el futuro, porque el empleo de ahora no lo vamos a poder seguir subvencionando siempre. Durante mucho tiempo los trabajadores de las plantas constructoras de automóviles en España hemos intentando que las cabeceras de las multinacionales nos asignaran los vehículos más grandes posibles, porque son los que generan más empleo y tienen más valor añadido. Ahora hay que cambiar de tercio, sabemos que en el futuro, y hasta que tengamos coches que nos resuelvan la dependencia de los combustibles fósiles, los vehículos con menor emisiones y menor consumo se van a vender más y mejor que los más grandes. Tiene que haber una política industrial -creo que se ha intentado en el plan del auto- que promueva de alguna forma el mantenimiento de la demanda hasta modernizar nuestro parque automovilístico al mismo nivel que el de la Unión Europea, pero fomentando que esto se haga con vehículos menos contaminantes y con menos consumo, y poniendo la bases para que ante una posible política industrial difícil en un sector donde ninguna de las marcas de cabecera es nacional, nos permita hacer otro tipo de producciones. Este es el ejemplo perfecto, como yo les decía en la presentación, de cómo hacemos la transición justa. Y por terminar, el constructor del auto que tiene menos problemas en España es Landaben, en Pamplona, que fabrica un vehículo pequeño que se está beneficiando de las políticas de doña Angela Merkel en Alemania. Todo está interconectado y por eso es necesario que el sector del auto dé soluciones a nivel europeo, orientadas a hacer la transición de los vehículos más grandes a vehículos más pequeños, más eficientes, para acabar llegando a vehículos que no dependan de los combustibles fósiles.El señor Moraleda me ha hecho alguna pregunta y no quería dejar de responderle. En cuanto a la intensidad energética, ha sido una buena noticia de los últimos cinco años que hayamos sido capaces de disociar el crecimiento de nuestra economía de un crecimiento mayor todavía de nuestro consumo energético. Me parece que es una buena noticia. Otra cosa sería analizar si esta buena noticia responde a que hayamos aplicado políticas públicas contundentes orientadas a esa cuestión, sobre lo que me parece que en nuestro sindicato tenemos alguna duda. Pero es una buena noticia. Y claro, las renovables ponen de manifiesto su gran virtud ahora, cuando el crecimiento del consumo decrece, porque hasta ahora nuestra capacidad de generación en renovables consistía en que la íbamos añadiendo a la capacidad de generación preexistente y, como aumentaba el consumo, su participación en el total del mix quedaba muy disimulada.Cuando conseguimos contener el consumo -y parece que la cosa va a ir por ahí, sea por razones de eficiencia, sea por razones de crisis- es cuando se pone de manifiesto la gran capacidad de las renovables para ser un elemento de mitigación del cambio climático, etcétera. A mí me parece fantástico que el presidente Zapatero y el presidente Obama tengan estas preocupaciones en su agenda, y lo que espero es que después estas cosas bajen, y no bajen solo por un vector del Gobierno, sino que bajen bien repartidas por todos los ministerios. Desde luego es un avance, por todo lo que está suponiendo, que el presidente del país con más peso en generar opinión del mundo haya asumido ideas como la de la economía verde, los empleos verdes, etcétera.Respecto a lo que me pregunta sobre el diálogo social, creo que se escapa un poco del tema del medio ambiente. Yo le diría que los objetivos ambientales en la negociación colectiva son muy difíciles y los premios que usted plantea en el caso de reducción de emisiones, solo los entendería yo, podría ser un objetivo compartido entre trabajadores y empresas, si fuese un premio por parte de la Administración. En ese caso, vamos a ir a por ese premio y vamos a compartirlo. Hay un campo muy importante en la negociación colectiva de esto que se llama verde, que es el derecho de los trabajadores a participar en los sistemas de gestión ambiental, en los procesos de formación que comportan, porque además es imposible hacer una buena gestión ambiental en la empresas sin contar con todos los trabajadores. Aquí hay un espacio a llevar a la negociación colectiva; tenemos alguna experiencia incipiente, pero muy pocas.Lamento la posición de la CEOE, que es de bastante resistencia a este discurso de ver la oportunidad del cambio, y además creo que le genera una cierta contradicción interna, porque los intereses que la CEOE representa son bastante más variados, por los sectores que agrupa, que los de un sindicato. A veces mi impresión es que la CEOE está defendiendo los intereses de determinado tipo de sector energético y no está defendiendo, por ejemplo, los intereses del sector de la energía eólica o la fotovoltaica. Es un problema de la CEOE, pero al final terminamos pagándolo todos. En todo caso, cuantas más zanahorias hubiese de políticas públicas claramente orientadas a fomentar el cambio, más fácilmente las empresas, al margen de su representación institucional, se orientarían, y como consecuencia de eso, las posiciones de las organizaciones empresariales quizás cambiarían y no serían tan resistentes.Para terminar, me preguntaba por la industria cerámica. Sí, la industria cerámica tiene un problema. La industria cerámica, como todas, tendrá que acabar internalizando el costo de sus emisiones y como, con alguna excepción, son elaboraciones que no tienen mucho valor añadido, el efecto que puede tener esto sobre su producción puede ser muy importante. Todos nos tendremos que adaptar a ello, pero hoy por hoy no es el problema de la industria cerámica; el problema de la industria cerámica es que, como todo el sector de la construcción, se ha comido en los años pasados seguramente la cartera de pedidos del próximo lustro.Lamento si he dejado algunas cosas sin responder.